3 x 7 x 4 x 12
Si realizamos la operación aquí señalada nos da como resultado la cantidad de 1,008. Le llamamos la fórmula del conocimiento porque con disciplina, constancia e interés; 1,008 serían las palabras que en un año puedes integrar en tu conocimiento.
¿Te atreves a conocer más?
Diccionario del Juicio de Amparo (2005)
Dr. Humberto Enrique Ruiz Torres
El equipo de SIJUFOR, reforzando nuestro compromiso con la capacitación constante y preparación continua, hemos buscado ampliar nuestra “Fórmula del conocimiento”; incluyendo en las palabras diarias las expuestas en el libro “Diccionario del Juicio de Amparo” (2005), del cual agradecemos la anuencia a su autor el Dr. Humberto Enrique Ruiz Torres, respetado y admirado gran amigo del equipo de SIJUFOR, y de quien ya se tuvo la satisfacción de escuchar y compartir aula teniéndolo como maestro y ponente. El Dr. Humberto Enrique Ruiz Torres ha sido catedrático en materias de Derecho a nivel Licenciatura y Posgrado, conferencista y autor de varias obras entre las que destacan Elementos de derecho bancario (1997), Derecho bancario (2003), Diccionario del juicio de amparo (2005), Curso general de amparo (2007) y Curso general de amparo. Banco de preguntas (2009); además ha publicado diversos artículos sobre temas jurídicos, en revistas de la materia.
La forma de organizar las palabras diarias en este apartado será alternando una semana (lunes a domingo) para cada uno de los libros aquí presentados, es decir, una semana se publicarán 3 conceptos diarios del libro “Diccionario Práctico del Juicio Oral” y la semana consecutiva serán 3 términos del libro “Diccionario del Juicio de amparo”, así sucesivamente.
Dr. Humberto Enrique Ruiz Torres
El equipo de SIJUFOR, reforzando nuestro compromiso con la capacitación constante y preparación continua, hemos buscado ampliar nuestra “Fórmula del conocimiento”; incluyendo en las palabras diarias las expuestas en el libro “Diccionario del Juicio de Amparo” (2005), del cual agradecemos la anuencia a su autor el Dr. Humberto Enrique Ruiz Torres, respetado y admirado gran amigo del equipo de SIJUFOR, y de quien ya se tuvo la satisfacción de escuchar y compartir aula teniéndolo como maestro y ponente. El Dr. Humberto Enrique Ruiz Torres ha sido catedrático en materias de Derecho a nivel Licenciatura y Posgrado, conferencista y autor de varias obras entre las que destacan Elementos de derecho bancario (1997), Derecho bancario (2003), Diccionario del juicio de amparo (2005), Curso general de amparo (2007) y Curso general de amparo. Banco de preguntas (2009); además ha publicado diversos artículos sobre temas jurídicos, en revistas de la materia.
La forma de organizar las palabras diarias en este apartado será alternando una semana (lunes a domingo) para cada uno de los libros aquí presentados, es decir, una semana se publicarán 3 conceptos diarios del libro “Diccionario Práctico del Juicio Oral” y la semana consecutiva serán 3 términos del libro “Diccionario del Juicio de amparo”, así sucesivamente.
Diccionario Práctico del Juicio Oral (2011)
Maestro Manuel Valadez Díaz
Gracias a la colaboración del Maestro Manuel Valadez Díaz, este año 2020 lo desarrollaremos con el material presentado en el libro "Diccionario Práctico del Juicio Oral" (2011) (Editorial UBIJUS). El Maestro Manuel Valadez Díaz ha sido autor de 8 libros sobre Sistema Penal Acusatorio. Incluyendo el Código Nacional de Procedimientos Penales Comentado con Doctrina y Jurisprudencia Nacional e Internacional. Docente certificado por la SETEC. Capacitador a nivel nacional sobre Sistema Acusatorio de Jueces, Agentes del Ministerio Público, defensores públicos y privados. Conferencista en materia penal, procesal penal y derechos humanos. Docente a nivel licenciatura y posgrado en materias de Derecho, Derecho Constitucional, Derecho Penal y Procesal Penal. Asimismo se ha desarrollado como Juez de Control y Oralidad Penal del Poder Judicial del Estado de Durango, México.
Maestro Manuel Valadez Díaz
Gracias a la colaboración del Maestro Manuel Valadez Díaz, este año 2020 lo desarrollaremos con el material presentado en el libro "Diccionario Práctico del Juicio Oral" (2011) (Editorial UBIJUS). El Maestro Manuel Valadez Díaz ha sido autor de 8 libros sobre Sistema Penal Acusatorio. Incluyendo el Código Nacional de Procedimientos Penales Comentado con Doctrina y Jurisprudencia Nacional e Internacional. Docente certificado por la SETEC. Capacitador a nivel nacional sobre Sistema Acusatorio de Jueces, Agentes del Ministerio Público, defensores públicos y privados. Conferencista en materia penal, procesal penal y derechos humanos. Docente a nivel licenciatura y posgrado en materias de Derecho, Derecho Constitucional, Derecho Penal y Procesal Penal. Asimismo se ha desarrollado como Juez de Control y Oralidad Penal del Poder Judicial del Estado de Durango, México.
Siendo el día 02 de mayo del año en curso, el equipo de SIJUFOR mantiene su compromiso con la capacitación constante, es por ello que damos por concluido con el apartado de los conceptos de Derecho Diplomático y damos continuidad con los conceptos correspondientes del apartado de Derecho Económico, del diccionario Jurídico coordinado por Oscar Montoya Pèrez. No olvides consultar las palabras diarias, recuerda que el conocimiento da poder. Con constancia tus conocimiento y vocabulario pueden evolucionar.
06 junio de 2023
Recurso Natural: El elemento natural susceptible de ser aprovechado en beneficio del hombre.
Recursos Biológicos: Los recursos genéticos, los organismos o partes de ellos, las poblaciones, o cualquier otro componente biótico de los ecosistemas con valor o utilidad real o potencial para el ser humano.
Régimen Publicitario: Sistema bajo el cual se pretende persuadir a través de mensajes a un grupo de personas conservando en ellas un grado de recordación o imagen que será tenido en cuenta al momento en que el consumidor haga su elección. Para adelantar esta gestión, debe tenerse en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: durabilidad, ambiente de difusión, concentración provocada, base o universo, grupo objetivo-target, cobertura, penetración y audiencia. Todos estos aspectos deben adelantarse bajo una libertad de expresión que no contraríe las leyes de mercado.
05 junio de 2023
Promociones: Se consideran promociones las prácticas comerciales consistentes en el ofrecimiento al público de bienes o servicios: Con el incentivo de proporcionar adicionalmente otro bien o servicio iguales o diversos, en forma gratuita, a precio reducido o a un solo precio; Con un contenido adicional en la presentación usual de un producto, en forma gratuita o a precio reducido; Con figuras o leyendas impresas en las tapas, etiquetas, o envases de los productos o incluidas dentro de aquéllos, distintas a las que obligatoriamente deben usarse; y Bienes o servicios con el incentivo de participar en sorteos, concursos y otros eventos similares.
Protección: Es el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a mejorar el ambiente y a prevenir y evitar su deterioro.
Proveedor: La persona física o moral en términos del Código Civil Federal, que habitual o periódicamente ofrece, distribuye, vende, arrienda o concede el uso o disfrute de bienes, productos y servicios.
04 junio de 2023
Privatización: Acto jurídico unilateral por virtud del cual el Estado se desprende de empresas o entidades que había tenido su control exclusivo, para transferirlas, a cambio de un precio, a inversionistas privados, nacionales o extranjeros, con el objeto de que en lo sucesivo las actividades de esas empresas o entidades sean desarrolladas dentro de un marco de economía de mercado, sin intervención alguna por parte del propio Estado.
Procampo: Programa de Apoyos Directo al Campo, consiste en la entrega de recursos monetarios por cada hectárea o fracción de ésta, que se efectúa cuando el productor siembra la superficie registrada (elegible) en el Programa, o bien la mantiene en explotación pecuaria, forestal o la destina a algún proyecto ecológico, y cumple con lo establecido en la normatividad operativa.
Procuraduría Federal del Consumidor: Es un organismo descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Su funcionamiento se regirá por lo dispuesto en esta ley, los reglamentos de ésta y su estatuto.
03 junio de 2023
Preservación: Conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitats naturales.
Prestador de Servicios de Certificación: La persona moral o física que preste servicios relacionados con firmas electrónicas y que expide certificados electrónicos.
Préstamo. Sociedades Cooperativas: La colocación y entrega de los recursos captados entre sus mismos Socios.
02 junio de 2023
Prácticas Monopólicas Absolutas: Son los contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea cualquiera de los siguientes: Fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados, o intercambiar información con el mismo objeto o efecto; Establecer la obligación de no producir, procesar, distribuir, comercializar o adquirir sino solamente una cantidad restringida o limitada de bienes o la prestación o transacción de un número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios; Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables.
Prácticas Monopólicas Relativas: Son los actos, contratos, convenios, procedimientos o combinaciones cuyo objeto o efecto sea o pueda ser desplazar indebidamente a otros agentes del mercado; impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de una o varias personas, en los siguientes casos: Entre agentes económicos que no sean competidores entre sí, la fijación, imposición o establecimiento de la comercialización o distribución exclusiva de bienes o servicios, por razón de sujeto, situación geográfica o por períodos determinados, incluidas la división, distribución o asignación de clientes o proveedores; así como la imposición de la obligación de no fabricar o distribuir bienes o prestar servicios por un tiempo determinado o determinable; La imposición del precio o demás condiciones que un distribuidor o proveedor deba observar al comercializar o distribuir bienes o prestar servicios; La venta o transacción condicionada a comprar, adquirir, vender o proporcionar otro bien o servicio adicional, normalmente distinto o distinguible, o sobre bases de reciprocidad.
Precios Máximos: Es fijado por las autoridades por debajo de los precios de equilibrio, por lo que al no ser un precio libremente fijado por el mercado, lo distorsiona y acarrea problemas en la asignación de los recursos, al existir distorsión se provocan fenómenos como las colas, las ventas atadas y el mercado negro, y se origina que los productores ofrezcan una menor cantidad del producto y crezca la demanda.
01 junio de 2023
Poder Sustancial: En la materia señalada, consiste en la capacidad de un agente económico para incrementar los precios de un producto o servicio por encima de su costo marginal, pero también puede definirse como la capacidad para fijar precios por encima del de competencia, entendido éste como el que se cobraría en condiciones de competencia perfecta (costo marginal).
Políticas Públicas: Son una forma particular de decidir y ejecutar las acciones de gobierno, las cuales estarán supeditadas a las tradiciones, cultura y determinados elementos que convivan en la comunidad. Es un comportamiento propositivo, intencional, planeado, no simplemente reactivo, casual, que asume el gobierno respecto de un problema de interés público y que incorpora a la agenda pública.
Posición de Dominio en un Mercado Relevante: Es un estado económico. Se presenta cuando un agente económico no cuenta con competencia efectiva dentro de un mercado relevante, es decir, cuando existe una dependencia del mercado hacia ese agente económico, siendo un mercado no elástico, pudiendo esa persona actuar independientemente de competidores y consumidores, influyendo preponderantemente en el mercado, es decir, actúa sin tener en cuenta otros agentes económicos.
31 mayo de 2023
Organismos Cooperativos: Se les conoce así a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas.
Participación de Inversión Extranjera en el Capital Social: Es porcentaje de inversión extranjera en el capital social de una sociedad, calculado en relación al total de acciones o partes sociales que no tengan el carácter de inversión neutra, e incluyendo las acciones o partes sociales afectadas en fideicomiso.
Permiso Previo de Exportación o Importación: el instrumento expedido por la Secretaría para realizar la entrada o salida de mercancías al o del territorio nacional.
30 mayo de 2023
Movimiento Cooperativo Nacional: comprende al Sistema Cooperativo y a todas las organizaciones e instituciones de asistencia técnica del cooperativismo a nivel nacional. Su máximo representante será el Consejo Superior del Cooperativismo.
Oferta: oferta", "barata", "descuento", "remate" o cualquier otra expresión similar se entiende el ofrecimiento al público de productos o servicios de la misma calidad a precios rebajados o inferiores a los normales del establecimiento.
Ordenamiento Ecológico: El instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.
29 mayo de 2023
Mercancías Idénticas: Son los productos que sean iguales en todos sus aspectos al producto investigado.
Mercancías similares: Son los productos que, aun cuando no sean iguales en todos los aspectos, tengan características y composición semejantes, lo que les permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables con los que se compara.
Monopolio: Es una palabra de origen griego que significa "una sola empresa". Esta empresa se encuentra sola en el mercado y enfrenta toda la demanda. Al enfrentar sola toda la demanda decide qué cantidad de bienes producir; así, su voluntad es la que determina el precio.
28 mayo de 2023
Material Genético: Todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo, que contenga unidades funcionales de herencia.
Material peligroso: Elementos, substancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, represente un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas.
Mercado: Conjunto de actividades realizadas libremente por los agentes económicos sin intervención del Estado; conjunto de operaciones comerciales que afectan a un determinado sector; conjunto de consumidores capaces de comprar un producto o servicio; o bien, el Estado y la evolución de la oferta y la demanda en un sector económico dado.
27 mayo de 2023
Límite de Cambio Aceptable: Determinación de la intensidad de uso o volumen aprovechable de recursos naturales en una superficie determinada, a través de un proceso que considera las condiciones deseables, en cuanto al grado de modificación del ambiente derivado de la intensidad de impactos ambientales que se consideran tolerables, en función de los objetivos de conservación y aprovechamiento, bajo medidas de manejo específicas. Incluye el proceso permanente de monitoreo y retroalimentación que permite la adecuación de las medidas de manejo para el mantenimiento de las condiciones deseables, cuando las modificaciones excedan los límites establecidos.
Manifestación del Impacto Ambiental: El documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.
Margen de Discriminación de Precios de la Mercancía: Se definirá como la diferencia entre su valor normal y su precio de exportación, relativa a este último precio.
26 mayo de 2023
Liberalización Comercial Interna: En lo interno, la liberalización se manifiesta con una mayor libertad para los agentes económicos. ¿Cómo se expresa esta libertad? Eliminando restricciones a la competencia. El Estado elimina protecciones a la industria, exenciones, subsidios, precios oficiales. La eliminación de tales limitaciones es tanto para los agentes privados como para los públicos. El mercado se convierte en el regulador de los precios, se eliminan los precios oficiales.
Liberalizar la Economía: La identificamos con el conjunto de acciones tendientes a la creación de condiciones para la realización de una economía de mercado, y por lo tanto con la preponderancia de sus leyes: oferta y demanda como los regulares principales de la economía.
Libramiento: Envío de un documento o una comunicación.
25 mayo de 2023
Inversión Extranjera: a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas; b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley.
Inversión Neutra: Es aquella realizada en sociedades mexicanas o en fideicomisos autorizados conforme al presente Título y no se computará para determinar el porcentaje de inversión extranjera en el capital social de sociedades mexicanas.
Liberalización Comercial Externa: Identificada con la apertura de la economía, lo cual implica que el intercambio comercial entre distintos mercados nacionales se va a dar en condiciones de mayor libertad y las barreras disminuyen o desaparecen (aranceles, permisos, etc.). Como instrumento de protección al mercado internacional, se diseñan mecanismos de represión a la competencia desleal.
24 mayo de 2023
Impuestos: Constituyen el principio del ingreso tributario del Estado, al grado de que puede afirmarse que la gran mayoría de la relaciones entre el Fisco y los causantes se vinculan con la determinación, liquidación, posible impugnación y pago de un variado número de impuestos. Inclusive, pensamos que dentro de una economía sana y autosuficiente, los impuestos no deben ser sólo el principal ingreso tributario, si no el principal ingreso del Estado, ya que en la medida en que el Presupuesto Nacional se financie con recursos generados por la propia renta interna del País, en esa misma medida podrán alcanzarse niveles óptimos de prosperidad y desarrollo compartidos.
Información o Publicidad Engañosa o Abusiva: Es aquella que refiere características o información relacionadas con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.
Instrumentos de Mercado: Son instrumentos de mercado las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos que corresponden a volúmenes preestablecidos de emisiones de contaminantes en el aire, agua o suelo, o bien, que establecen los límites de aprovechamiento de recursos naturales, o de construcción en áreas naturales protegidas o en zonas cuya preservación y protección se considere relevante desde el punto de vista ambiental.
23 mayo de 2023
Globalización: Es un fenómeno complejo e inevitable que, dada la tecnología existente, permite el flujo libre de ideas, información, mercancías y servicios, capital e incluso personas a través de fronteras cada vez más permeables.
Grupos de Interés Económico: En materia de competencia económica se está ante un grupo de interés económico cuando un conjunto de personas físicas o morales tienen intereses comerciales y financieros afines, y coordinan sus actividades para lograr un determinado objetivo común.
Impacto Ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza.
22 mayo de 2023
Fines mercadotécnicos o publicitarios: es el ofrecimiento y promoción de bienes, productos o servicios a consumidores.
Firma Electrónica: De acuerdo a la ley, es el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, el cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, y que permite enviar y recibir promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias.
Flora Silvestre: Las especies vegetales, así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo las poblaciones o especímenes de estas especies que se encuentran bajo control del hombre.
21 mayo de 2023
Evaluación del Impacto Ambiental: Es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente.
Externalidades: Ocurre cuando el intercambio de bienes tiene un efecto, benéfico o dañino, sobre una persona que no fue parte del mismo (o bien aun siendo parte del intercambio, el acuerdo no toma en cuenta todos los efectos sobre las partes). En presencia de externalidades, las decisiones privadas no llevan a una asignación eficiente de recursos, pues no se toman en consideración todos los costos y los beneficios.
Fauna Silvestre: Las especies animales que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores que se encuentran bajo control del hombre, así como los animales domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y apropiación.
20 mayo de 2023
Emergencia ecológica: Situación derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que, al afectar severamente a sus elementos, pone en peligro a uno o varios ecosistemas.
Equilibrio Ecológico: Este vocablo encuentra su definición jurídica en la fracc XIV del art 3o de la LGEEPA, entendiéndose por tal "la relación de interdependencia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos".
Estímulos Fiscales: Constituyen instrumentos de políticas públicas que consisten en beneficios económicos, concedidos por las leyes fiscales al sujeto pasivo de un impuesto, con objeto de lograr fines de interés general. Pueden ser de tipo general o específicos y de carácter federal o local.
19 mayo de 2023
Economías Centralmente Planificadas: independientemente del nombre con el que se les designe, salvo prueba en contrario, aquellas cuyas estructuras de costos y precios no reflejen principios de mercado, o en las que las empresas del sector o industria bajo investigación tengan estructuras de costos y precios que no se determinen conforme a dichos principios.
Educación Ambiental: Proceso de formación dirigido a toda la sociedad, tanto en el ámbito escolar como en el ámbito extraescolar, para facilitar la percepción integrada del ambiente a fin de lograr conductas más racionales a favor del desarrollo social y del ambiente. La educación ambiental comprende la asimilación de conocimientos, la formación de valores, el desarrollo de competencias y conductas con el propósito de garantizar la preservación de la vida.
Elemento natural: Los elementos físicos, químicos y biológicos que se presentan en un tiempo y espacio determinado sin la inducción del hombre.
18 mayo de 2023
Documento Electrónico: El documento o archivo electrónico en cualquier formato sea este alfanumérico, de video o audio el cual sea firmado con un certificado electrónico con validez jurídica.
Dogmática Constitucional: "Es una rama de la dogmática jurídica, es la actividad del jurista que consiste en identificar y describir el derecho. Describir, "no se limita a levantar un inventario del material jurídico.
Economía Jurídica: En resumidas cuentas, no constituye un método ni una disciplina científica, siendo más bien un rasgo configurador del ordenamiento legal que, por aplicación de los principios de la razón jurídica constitucional, y en consonancia con los principios de legalidad y los contenidos en la constitución económica en el contexto de la economía de mercado, debe imbuir todo el proceso de producción legal.
17 mayo de 2023
Dinero: Utilizado por el legislador no debe entenderse en el sentido restringido de "moneda nacional" sino en la amplia significación que comprende toda unidad monetaria en curso legal dentro del sistema pecuniario de una nación, con calidad de metal, ley, peso, cuño, diámetro, etcétera, que le asignan a un valor definido, de suerte que, si el dólar cumple con esas características, será especie del género dinero.
Dispraxis: Son aquellas disfunciones, contradicciones o conductas que practican algunas autoridades federales, en relación con los instrumentos y regulaciones establecidas en publicaciones y disposiciones oficiales (Diario Oficial de la Federación) que tienen efectos adversos, negativos o francamente perjudiciales para sectores productivos y sociales específicos y, en consecuencia, para la sociedad en general.
Divisas: Comprende a billetes y monedas metálicas extranjeros, depósitos bancarios, títulos de crédito y toda clase de documentos de crédito, sobre el exterior y denominados en moneda extranjera, así como, en general, los medios internacionales de pago.
16 mayo de 2023
Desequilibrio Ecológico: La alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos.
Desmonopolización: Entendida como una medida para eliminar obstáculos que impiden o traban la libre concurrencia al mercado, mediante la abolición de monopolios.
Desregular: Significa derogar las reglas jurídicas que limitan la libre actividad industrial y comercial.
15 mayo de 2023
Derecho de la Competencia Económica: Es el conjunto de normas que tienen como finalidad proteger el proceso de competencia en los mercados, para que existan condiciones de equidad entre los competidores y un orden y equilibrio para todos los agentes económicos que intervienen en dicho proceso.
Derecho de la competencia: Rama que salvaguarda la intervención del Estado en la economía, en busca de proteger el interés público, así como la propiedad privada. Este tema a su vez se divide en: prácticas comerciales restrictivas, subtema que agrupa la prohibición de comportamientos de empresas que impiden el libre juego de oferta y demanda dentro de un mercado castigando los acuerdos y actos restrictivos, así como el abuso de la posición dominante de los agentes económicos. Dentro de la misma materia se cuenta con labores preventivas como es la autorización sobre operaciones de integración empresarial, luchando contra la excesiva concentración de poder económico, dispersando el poder, siempre en un contexto de libertad, no de impedimento de esta.
Derecho Económico: Entendido éste como el orden jurídico aplicado a la regulación de la actividad financiera del Estado, consiste en la intervención y participación del gobierno en manera económica y que abarca desde señalar el costo de las necesidades del Estado, hasta la satisfacción de esos intereses públicos y humanos.
14 mayo de 2023
Costos y Gastos Indirectos: Son los que son comunes a diversos productos de la empresa exportadora, incluyendo el investigado.
Criterios Ecológicos: Los lineamientos obligatorios contenidos en la presente Ley, para orientar las acciones de preservación y restauración del equilibrio ecológico, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la protección al ambiente, que tendrán el carácter de instrumentos de la política ambiental.
Defectos o Fallas Graves: Son aquellos que afecten la estructura o las instalaciones del inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del inmueble, o bien, impidan que el consumidor lo use, goce y disfrute conforme a la naturaleza o destino del mismo. Se entenderá por defectos o fallas leves, todos aquellos que no sean graves.
13 mayo de 2023
Costo Marginal: Es el cambio de los costos totales generado por un cambio de la producción en una unidad; en otras palabras, es el costo que se evitará produciendo una unidad menos.
Costos y Gastos Directos: Son los que son específicos al producto investigado.
Costos y Gastos Fijos: Son aquellos en los que se incurre independientemente de que se produzca o venda.
12 mayo de 2023
Contaminación Marina: La introducción por el hombre, directa o indirectamente de sustancias o de energía en el medio marino que produzcan o puedan producir efectos nocivos a la vida y recursos marinos, a la salud humana, o la utilización legítima de las vías generales de comunicación por agua en cualquier tipo de actividad, de conformidad con los Tratados Internacionales.
Contingencia Ambiental: Situación de riesgo, derivada de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas.
Contrato de Adhesión: es aquél cuyas cláusulas uniformes son establecidas unilateralmente por una de las partes, (entidad financiera), para aplicarlas a todas las operaciones y servicios que celebre de manera general y abstracta sin negociación particular por parte del adherente, salvo en lo que se refiere a monto y plazo.
11 mayo de 2023
Concentración: Existe cuando las facultades decisorias se agrupan sólo en el órgano superior de la Administración central o en los órganos directivos de las entidades descentralizadas. Es un principio organizativo que se da dentro de una misma persona pública estatal, tanto en la Administración central como en la descentralizada.
Consumidor: La persona física o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final bienes, productos o servicios. Se entiende también por consumidor a la persona física o moral que adquiera, almacene, utilice o consuma bienes o servicios con objeto de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación de servicios a terceros, únicamente para los casos a que se refieren los artículos 99 y 117 de esta ley.
Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico.
10 mayo de 2023
Competencia Económica: Es el proceso de mercado en el que los diversos agentes económicos en uso de sus capacidades y destrezas buscan la maximización de utilidades a través de la oferta de bienes y servicios, en condiciones de equilibrio.
Competencia Perfecta: Se presenta cuando existen numerosos compradores y vendedores plenamente informados respecto de un producto homogéneo, sin ningún tipo de obstáculos para que las empresas ingresen o salgan a largo plazo. En otras palabras, cada vendedor tiene una porción pequeña del mercado, el producto es igual y no existen muchas diferencias entre uno y otro. No existe asimetría de la información, y todos tienen acceso fácilmente a las bondades del producto.
Competidor: Persona física o moral que realiza una actividad económica independiente, frente a otra que también la lleva a cabo, en una relación tal, que la actividad de una, desarrollada por sí o por conducto de un tercero, puede beneficiar o lesionar la de la otra.
09 mayo de 2023
Certificado Electrónico: El documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula los datos de firma a su autor y confirma su identidad.
Cláusula de Exclusión de Extranjeros: El convenio o pacto expreso que forme parte integrante de los estatutos sociales, por el que se establezca que las sociedades de que se trate no admitirán directa ni indirectamente como socios o accionistas a inversionistas extranjeros, ni a sociedades con cláusula de admisión de extranjeros.
Competencia: Es el límite de la jurisdicción (todos los jueces tienen jurisdicción, pero no todos son competentes para conocer y resolver determinados asuntos), lo cual significa que la facultad del juez de resolver mediante la aplicación de la ley los conflictos sometidos a su conocimiento, está restringida por la competencia. Esta se establece en las siguientes formas: Por el territorio; Por la materia; Por el grado; Por la cuantía; Por el turno; Por la seguridad de la prisión, y Por conexidad.
08 mayo de 2023
Biodiversidad: La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.
Biotecnología: Toda aplicación tecnológica que utilice recursos biológicos, organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos.
Certificado de Cupo: Es el instrumento expedido por la Secretaría para asignar un cupo máximo o arancel-cupo a la exportación o importación.
07 mayo de 2023
Banco de México: Tendrá por finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional. En la consecución de esta finalidad tendrá como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda. Serán también finalidades del Banco promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.
Barrera Estructural: Es aquella barrera creada por la estructura particular de un mercado, como es el caso de la inversión mínima requerida para participar en un segmento, por ejemplo en el sector de los envases de vidrio, donde el capital es una barrera de ingreso en la medida en que el inversionista debe contar con el respaldo económico para crear su empresa y activarla para competir. Esta barrera depende de situaciones inherentes al mismo mercado.
Bienes Públicos: Para la economía el bien público "puro", es aquel que puede ser utilizado por una persona sin interferir con el uso de ese mismo bien por otras personas (p.ej. alumbrado público). Una definición alternativa, más no equivalente, dice que un bien público es aquel que no puede ser consumido sin exclusión de terceros (p.ej. contaminación ambiental): la diferencia radica en que la primera definición puede haber exclusión en el consumo.
06 mayo de 2023
Análisis Económico del Derecho: Es la aplicación de las categorías e instrumentos de la teoría microeconómica neoclásica y sus modelos econométricos en la explicación y evaluación de las instituciones y realidades jurídicas.
Aprovechamiento Sustentable: La utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos.
Autoconsumo: Aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados extraídos del medio natural sin propósitos comerciales, con el fin de satisfacer las necesidades de alimentación, energía calorífica, vivienda, instrumentos de trabajo y otros usos tradicionales por parte de los pobladores que habitan en el área natural protegida.
05 mayo de 2023
Acuerdos Restrictivos de la Competencia: Son comportamientos adelantados por dos o más empresas mediante los cuales arreglan su actuar dentro de un mercado, falseando la competencia, bien sea porque dejan de competir o porque pretenden eliminar a un competidor. De lo mencionado es fácil afirmar que la obligación principal de una empresa cuando entra al mercado es la de competir. Esa obligación nace de lo ordenado en la Constitución Política al afirmar que la competencia es un derecho de todos que supone responsabilidades. En tal sentido, la obligación principal de una empresa es competir, buscando su diferencia con otra. De ahí que los comportamientos arreglados entre competidores sean castigados por la ley, en la medida en que acaban con la competencia, falseándola
Ahorro: Se entender como la captación de recursos a través de depósitos de ahorro de dinero de sus Socios.
Ambiente: Es definido por Silvia Jaquenod como el "sistema de diferentes elementos, fenómenos, procesos naturales y agentes socioeconómicos y culturales, que interactúan condicionando, en un momento y espacio determinados, la vida y el desarrollo de los organismos y estado de los componentes inertes, en una conjunción integradora, sistémica y dialéctica de relaciones de intercambio.
04 mayo de 2023
Abuso de la Posición de Dominio: trata un supuesto táctico que tiene aplicación en mercados altamente concentrados en un solo agente económico, imponiéndose a este, mediante regulación mayores responsabilidades o cargas por los riesgos a que queda expuesto un mercado debido a la dependencia hacia una empresa. Es decir, lo que pretenden las normas de competencia es que existan muchas empresas en un mercado, pero existen algunos mercados donde esto no ocurre por su propia estructura o por la eficiencia de una empresa que acabó con sus competidores, sin que sea ilegal que en un mercado exista posición dominante; sin embargo, dicha situación sí resulta riesgosa para una economía, y por tanto, mediante el poder interventor del Estado se imponen mayores límites al actuar de agentes que ostentan poder de dominio, prohibiéndose algunos comportamientos que en caso de ser adelantados por empresas sin posición de dominio no resultarían calificados como abusivos.
Actos Cooperativos: Se consideran actos cooperativos los relativos a la organización y funcionamiento interno de las sociedades cooperativas.
Acuerdos o Carteles Excluyentes y Colusorios: El acuerdo excluyente es aquel que adelantan las empresas para eliminar a una empresa del mercado, reduciendo el número de alternativas para el consumidor. Este tipo de acuerdo está ligado a la creación de barreras que impiden la permanencia o ingreso de otra empresa al mercado. El acuerdo colusorio se presenta cuando las empresas arreglan no competir entre ellas, con lo que evitan la confrontación en una de las variables de competencia e igualan su actuar.
03 mayo de 2023
Cuerpo Diplomático: A pesar de no poseer capacidad jurídica puede realizar actividades conjuntas de mayor peso e influencia que cualquier gestión individual que pudiera efectuar alguno de sus miembros.
Lista Diplomática: Puede ser definida como una relación de nombres, domicilios y teléfonos de representantes extranjeros, sedes diplomáticas, consulares y de organizaciones internacionales, altos funcionarios del gobierno local, principalmente del ministerio de Relaciones Exteriores, que contiene también la lista de precedencias y de las festividades nacionales y extranjeras de mayor importancia.
Lutos Oficiales: Son aquellos causados por la muerte del jefe de Estado, por la de alguna alta personalidad del gobierno o por alguna situación sumamente grave en cualquiera de los países con que se mantengan relaciones diplomáticas; deben ser comunicados por el jefe de la misión al Ministerio de Relaciones Exteriores de su país con el propósito de que se tomen las medidas protocolarias ante el país que haya sufrido algún percance. La cancillería respectiva por conducto de su titular, realizará las comunicaciones a las representaciones extranjeras que se encuentren acreditadas ante el gobierno.
02 mayo de 2023
Asilo Político: En términos generales, vamos a entender por el término de ‘‘asilo’’, la protección que encuentra una persona, objeto de persecuciones por parte de las autoridades de un Estado, en aquellas hipótesis en que dichas persecuciones se enfrentan ante la prohibición de su persecución dentro de ciertos espacios competentes de la autoridad de otro Estado, sin que éste tenga la obligación de facilitar su continuación entregando al refugiado a las autoridades del Estado que pretende ejercer tal persecución.
Carnet Diplomático: Podemos fijar como carnet diplomático a aquel documento que expide el ministerio de Relaciones Exteriores de un país en favor de los agentes diplomáticos, consulares y funcionarios internacionales extranjeros que se encuentran acreditados ante el gobierno de ese país. Su finalidad es que las autoridades locales, municipales y estatales tanto civiles como militares—, les brinden ayuda y les otorguen facilidades para el desempeño de la comisión que cada país les encomienda, dentro del marco del derecho interno e internacional.
Ceremonial: Término internacional que se refiere al protocolo diplomático establecido por los representantes de un Estado extranjero para el modo de comportarse en las diversas situaciones oficiales, según su rango y el tiempo de residencia en un país dado y de acuerdo con las costumbres del mismo, al protocolo diplomático establecido, a las costumbres diplomáticas internacionales del país dado, y al ceremonial de recepción de los enviados diplomáticos y huéspedes oficiales extranjeros para realizar conversaciones y firmar convenios.
01 mayo de 2023
Trabajo Especial: Son un conjunto de actividades que, sin que se les sustraiga de las normas generales que regulan toda relación de trabajo, están sujetas a una serie de reglas que establecen condiciones específicas para la prestación de su particular desempeño.
Unidad Médica Receptora de Residentes: Es el establecimiento hospitalario en el cual se pueden cumplir las Residencias, que para los efectos de los artículos 161 y 164 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, exige la especialización de los profesionales de la Medicina.
Utilidad: Para los efectos de esta Ley, se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
30 de abril de 2023
Trabajo Digno: Se entiende aquel "en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo".
Trabajo Doméstico: Designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos; una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica, sin que este trabajo sea una ocupación profesional, no se considera trabajador doméstico.
Trabajo Efectivo: A los efectos de la determinación de la jornada de trabajo y su duración, se considerará trabajo efectivo todo el tiempo que el trabajador permanezca a disposición de la empresa. Igualmente se considerará como trabajo efectivo el caso de que el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de descanso y comida.
29 de abril de 2023
Trabajo a Domicilio: Es el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.
Trabajo Agrícola: Es el conjunto de operaciones que se hacen en el campo, por razón de cultivos u obras de transformación o bonificación territorial, o en la ganadería y aprovechamiento forestal.
Trabajo Decente: Significa contar con trabajo suficiente, a efecto de que cada persona cuente con acceso a las oportunidades para obtener ingresos; ese concepto se estima favorable al desarrollo económico y social en el que se harían realidad el empleo, los ingresos, la protección social y los derechos de los trabajadores.
28 de abril de 2023
Trabajadores del Campo: Son los que ejecutan los trabajos propios y habituales de la agricultura, de la ganadería y forestales, al servicio de un patrón.
Trabajadores Domésticos: Son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.
Trabajo: Se podría definir al trabajo como la actividad física o mental que se desarrolla con el fin de crear o transformar una cosa. Esta valiosa actividad se ha convertido en conducta inseparable del hombre, además de que ha dado contenido económico a la existencia y ha hecho evolucionar al ser humano en lo individual, al igual que en forma colectiva a los pueblos y a la sociedad.
27 de abril de 2023
Trabajadores Agropecuarios: Son los que realizan en una empresa agrícola o ganadera los trabajos propios y habituales de ésta.
Trabajadores de Confianza: El empleado de confianza es la persona que desempeña el trabajo que atañe a la seguridad, eficacia y desarrollo económico o social de una empresa o establecimiento y que conforme a las atribuciones que le otorgan, actúa bajo una representación patronal.
Trabajadores de Transporte: Son los que sirven en vehículos que realizan la conducción de pasajeros o de carga, o de pasajeros y carga a la vez.
26 de abril de 2023
Trabajador Económico: Es la persona física que presta servicios de docencia o investigación a las universidades o instituciones a las que se refiere este capítulo, conforme a los planes y programas establecidos por las mismas.
Trabajador Dependiente: Persona natural que presta servicios personales, intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación y en virtud de un contrato de trabajo.
Trabajador Independiente: Aquel que en el ejercicio de su actividad no depende de empleador alguno ni tiene trabajadores bajo su dependencia.
25 de abril de 2023
Tiempo de Trabajo Efectivo: Es aquel en que el trabajador permanezca a las órdenes del patrono o no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de descanso y comidas.
Trabajador: Es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Trabajador a Domicilio: Es la persona que trabaja personalmente o con la ayuda de miembros de su familia para un patrón.
24 de abril de 2023
Talleres Familiares: Son aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos. No se aplican a los talleres familiares las disposiciones de esta Ley, con excepción de las normas relativas a higiene y seguridad.
Teletrabajo: Es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patrón.
Terminación de la Relación de Trabajo: Acto voluntario unilateral o bilateral de declarar extinta la relación laboral, ya sea por parte del patrón o del trabajador, tomando como soporte lo prescrito en las causales legales.
23 de abril de 2023
Subordinación: Dice relación con la especial vinculación existente entre el trabajador y el empleador, en virtud de la cual este está facultado para determinar el tiempo, lugar y forma en que el trabajador debe prestar los servicios pactados en el contrato de trabajo.
Suspensión de la Relación de Trabajo: Debe entenderse: como el intervalo pasivo en el que pueden quedarse los efectos del contrato de trabajo; es decir que en la relación de trabajo se pausa por causas del trabajador o por el patrón, pero sin que esto haga que termine la relación obrero patronal.
Suspensión del Trabajador: Estriba en la voluntad del trabajador de dejar de prestar sus servicios al patrón sin la intensión de terminar definitivamente la relación de trabajo.
22 de abril de 2023
Sindicatos Industriales: Los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma rama industrial.
Sobresueldo: Remuneración de las horas extraordinarias de trabajo, es decir, aquellas que exceden la jornada ordinaria de 45 horas semanales, o de la jornada inferior que se haya pactado (Por ejemplo, 40 horas semanales).
Solidaridad: Colaboración entre personas, grupos sociales y órdenes de gobierno, de manera corresponsable para el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad.
21 de abril de 2023
Servicio Nacional de Empleo: (SNE) es la instancia que atiende, de manera gratuita y personalizada, a la población que busca empleo, brindándole información y las herramientas necesarias para facilitar su colocación en un puesto de trabajo.
Sindicato: Organización libremente constituida por trabajadores del sector privado y/o de las empresas del Estado autorizadas por la ley cuyo objetivo es, entre otros, asumir la representación y defensa de sus asociados, así como promover los intereses económicos, sociales y culturales de los mismos.
Sindicatos Gremiales: Los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.
20 de abril de 2023
Seguro de Sobreviviencia: aquél que se contrata por los pensionados, por riesgos de trabajo, por invalidez, por cesantía en edad avanzada o por vejez, con cargo a los recursos de la suma asegurada, adicionada a los recursos de la cuenta individual a favor de sus beneficiarios para otorgarles la pensión, ayudas asistenciales y demás prestaciones en dinero previstas en los respectivos seguros, mediante la renta que se les asignará después del fallecimiento del pensionado, hasta la extinción legal de las pensiones.
Seguro Social: como un sistema que otorga derecho a los asegurados a determinadas prestaciones, allegándose recursos mediante el esfuerzo combinado del propio asegurado, de las cuotas patronales y del subsidio del Estado. El seguro social cubre determinadas necesidades del individuo por causa de enfermedad, invalidez, vejez, muerte u otros acontecimientos independientes de la voluntad del asegurado.
Servicio Doméstico: es el que se presta mediante remuneración a una persona que no persigue fin de lucro y sólo se propone aprovechar, en su morada, los servicios continuos del trabajador para sí sólo o su familia, sea que el doméstico se albergue en casa del patrono o fuera de ella.
19 de abril de 2023
Salario por Unidad de Tiempo: El pago está en función de la duración del servicio, con independencia de la cantidad y calidad de la obra realizada, por ejemplo: Se pagará en razón de una unidad de tiempo que puede ser de una hora o de una jornada, pero independientemente de este compromiso unitario en el tiempo, el trabajador tendrá la obligación de trabajar con diligencia y productividad.
Salarios Mínimos Profesionales: Son aquellos que regirán para todos los trabajadores de las ramas de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.
Seguridad Social: Son aquellas condiciones que buscan que el individuo logre un bienestar dentro de la sociedad, su objetivo es proteger socialmente a las personas al cubrir parte de las problemáticas sociales existentes tales como: vejez, salud, vivienda, insalubridad, desempleo, pobreza, discapacidades, maternidad, etcétera.
18 de abril de 2023
Salario para Efectos de Participación de Utilidades: Para los efectos de este capítulo, se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria. No se consideran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.
Salario por Comisión: Consiste en la participación personal de los beneficios derivados de una operación o negociación en la que ha mediado el trabajador. Este tipo de salario, se aplica normalmente en la venta de seguros, de afores, de autos, etc.
Salario Por Unidad de Obra: Cuando su cuantía se establece en atención al número de piezas, mediciones, trozos o conjuntos determinados, sin atender al tiempo que tarde en su realización. Este tipo salarial puede llamarse en algunos casos salario a destajo, es decir, se pagará de acuerdo al número de piezas realizadas diariamente o avance y es posible pagar un salario de garantía al que se le agrega la cantidad del salario por destajo. La retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos.
17 de abril de 2023
Salario: Es el pago de la cantidad de dinero por parte del patrón, quien cubre así la prestación de un servicio prestado por el trabajador; empero el salario es mucho más que esta idea. El salario constituye el conjunto de prestaciones que debe proporcionar el patrón al recibir el intercambio de la fuerza de trabajo.
Salario Base de Cotización: Se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Salario Mínimo: Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. Éste deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para atender lo relativo a la educación obligatoria de los hijos.
16 de abril de 2023
Retiros Programados: Es la modalidad de obtener una pensión fraccionando el monto total de los recursos de la cuenta individual, para lo cual se tomará en cuenta la esperanza de vida de los pensionados, así como los rendimientos previsibles de los saldos.
Riegos de Trabajo: Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. En casos que se suscite algún riesgo de trabajo el derechohabiente tiene la posibilidad de percibir las prestaciones en dinero o en especie, asistencia médica, quirúrgica o farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia y rehabilitación, de acuerdo a lo que se establezca en la legislación correspondiente.
Riesgos Profesionales: Son los accidentes o enfermedades a que están expuestos los trabajadores a causa de las labores que ejecutan por cuenta ajena. También se entenderá por riesgo profesional toda lesión, enfermedad o agravación que sufra posteriormente el trabajador como consecuencia directa, inmediata e indudable de un accidente de trabajo o enfermedad profesional de que haya sido víctima de acuerdo con lo dicho en los artículos anteriores.
15 de abril de 2023
Reparto de Utilidades: Es el derecho de los trabajadores a recibir una parte de las utilidades generadas en la empresa donde laboran, conforme a la Declaración Anual que ésta presente ante las autoridades fiscales. Lo contempla el artículo 123, Apartado A, fracción IX, primer párrafo de la Constitución Federal. La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo, tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio en el caso de personas físicas.
Rescisión de la Relación Laboral: de Es la disolución de la relación de trabajo por iniciativa de una de las partes, motivada por el incumplimiento de las obligaciones de la otra.
Residencia para Efectos de Trabajo Médico: El conjunto de actividades que deba cumplir un Médico Residente en período de adiestramiento; para realizar estudios y prácticas de postrado, respecto de la disciplina de la salud a que pretenda dedicarse, dentro de una Unidad Médica Receptora de Residentes, durante el tiempo y conforme a los requisitos que señalen las disposiciones académicas respectivas.
14 de abril de 2023
Remuneración: Retribución en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador por parte del empleador por el trabajo realizado.
Renta Vitalicia: Es el contrato por el cual la aseguradora a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida del pensionado.
Renuncia: Acto unilateral por el cual el trabajador decide dar término al contrato de trabajo sin expresión de causa.
13 de abril de 2023
Relación Laboral por Obra Terminada: Solo se contrata a los trabajadores para el cumplimiento y terminación de una obra específica, por ejemplo: lo que dure la construcción de un edificio, aquí no importa el fijar tiempo para la terminación del edificio, si no que la relación laboral terminará cuando culmine la construcción del proyecto.
Relación Laboral por Tiempo Determinado: Solo se contrata a los trabajadores por cierto tiempo, por ejemplo: ya sea por quince días, seis meses, etc. El artículo 37 de la Ley Federal del trabajo únicamente se deben de celebrar estos contratos cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar, cuando tenga por objeto el substituir temporalmente otro trabajador y en los demás casos previstos por la ley.
Relación Laboral por Tiempo Indeterminado: Se contrata a los trabajadores sin saber cuál es la fecha de terminación laboral. La ley prefiere ésta última, toda vez de que uno de los principios laborales, el que todo trabajador tenga estabilidad y permanencia en su fuente laboral
12 de abril de 2023
Reglamento Interno, de Orden, Higiene y Seguridad: documento escrito en el que las empresas que cuentan con diez o más trabajadores de forma permanente, fijan las obligaciones y prohibiciones a las que deben sujetarse los trabajadores en relación con sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la respectiva empresa o establecimiento, y que establecen normas sobre orden, higiene y seguridad en ella.
Relación Laboral: es el trabajo personal que obliga sólo a las personas involucradas en él, el trabajador está obligado a cumplir con las actividades encomendadas por el patrón, a cambio de una contraprestación que es el salario, el trabajo no puede ser realizado por una tercera persona que designe el mismo trabajador para su suplencia en la fuente laboral.
Relación de Trabajo para Capacitación Inicial: Se entenderá como aquella por virtud de la cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado.
11 de abril de 2023
Procedimientos Paraprocesales: Son los que están emparentados con el proceso, están cercanos a él, o sea, tienen ciertos paralelismos, pero no son en sí genuinos y verdaderos procesos, porque carecen de alguna de las peculiaridades o características fundamentales de éstos.
Procuraduría de la Defensa del Trabajo: Es una dependencia anexa a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que brinda asesoría y representación legal a los trabajadores y sindicatos con la finalidad de ayudarlos a resolver los conflictos laborales en que se encuentran involucrados.
Reglamento Interior de Trabajo: Es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.
10 de abril de 2023
Prestación: Son aquellas cosas o servicios que una persona debe pagar o realizar en favor de otra. Se considera una prestación, por ejemplo, el servicio que realiza un empleado o trabajador a su patrón. Asimismo, será una prestación el servicio de comedor que el patrón da a sus trabajadores. En el caso, una prestación se identifica porque involucra de manera unilateral a una persona que da y otra que recibe.
Procedimiento de aplicación general: aquel que tiene por objeto resolver las contiendas cuya cuantía sea superior a diez ingresos mínimos mensuales. Se desarrolla en dos audiencias que se efectúan en días distintos: una preliminar o inicial llamada “audiencia preparatoria” y una final llamada “audiencia de juicio”.
Procedimiento de tutela de derechos fundamentales: aquel que se desarrolla como un juicio de aplicación general y que tiene por finalidad resolver la controversia que se genera producto de una vulneración de derechos fundamentales del trabajador por parte del empleador u otro trabajador mientras se ejecuta el contrato de trabajo. Por ejemplo, el derecho a la vida, a la privacidad, a la no discriminación arbitraria.
09 de abril de 2023
Pensionados o Pensionado: El asegurado que por resolución del Instituto tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total; incapacidad permanente parcial superior al cincuenta por ciento o en su caso incapacidad permanente parcial entre el veinticinco y el cincuenta por ciento; invalidez; cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios de aquél cuando por resolución del Instituto tengan otorgada pensión de viudez, orfandad, o de ascendencia.
PENSIONISSSTE: Es un órgano público desconcentrado del ISSSTE, el cual se encarga de administrar cuentas individuales e invertir los recursos de dichas cuentas.
Prácticas Antisindicales: Acciones que atentan contra la libertad sindical, ya sea del empleador, del trabajador, de las organizaciones sindicales, y de todo aquel que ejerza fuerza física o moral en los trabajadores con el fin de obtener su filiación o desafiliación sindical.
08 de abril de 2023
Patrón: Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Pensión: La renta vitalicia o el retiro programado.
Pensión Temporal: Es la que otorgue el Instituto, con cargo a este seguro, por períodos renovables al asegurado en los casos de existir posibilidad de recuperación para el trabajo, o cuando por la continuación de una enfermedad no profesional se termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista. Es pensión definitiva la que corresponde al estado de invalidez que se estima de naturaleza permanente.
07 de abril de 2023
Paro: Es un derecho de los patrones de suspender las labores, establecido en la Constitución Federal. Para que sea lícito, debe haber exceso de producción que haga necesario suspender el trabajo y así mantener los precios de la producción en un límite costeable, con la previa aprobación de la respectiva Junta de Conciliación y Arbitraje.
Paro Ilegal: Todo acto malicioso del patrono que imposibilite a los trabajadores el normal desempeño de sus labores.
Paro Legal: Es la suspensión temporal, parcial o total del trabajo ordenada por uno (1) o más patronos, en forma pacífica y con el exclusivo propósito de defender sus intereses económicos y sociales. Cuando se trate de personas jurídicas el paro ha de ser ordenado por la junta directiva o por los socios administradores.
06 de abril de 2023
Negociación Colectiva: Procedimiento regulado por ley a través del cual un empleador se relaciona con uno o más sindicatos de su empresa o con trabajadores que se unen para tal efecto. Tiene por objetivo establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado.
Institución Internacional del Trabajo: Es la institución mundial garante de la creación y vigilancia de las Normas Internacionales del Trabajo, pues al coordinarse con los ciento setenta y ocho países miembros, la OIT busca garantizar que las normas laborales sean respetadas tanto en sus principios básicos como en su aplicación práctica en cada uno de los países del mundo.
Outsourcing/Subcontratación: La palabra se ha utilizado comúnmente los últimos años en nuestro país, su significado se puede entender de la manera siguiente, Out, del inglés que quiere decir fuera o externo, y source, también del inglés que quiere decir fuente, o sea, fuente externa de trabajo. Personas físicas y morales usan mucho esta forma para contratar servicios externos, que pueden ir desde un servicio de vigilancia, de limpieza, hasta áreas especializadas necesarias para la empresa.
05 de abril de 2023
Libertad en el Empleo: Es una garantía individual que el artículo 5 Constitucional, ampara, y donde se señala que A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”. Por lo que no se nos puede privar el desempeñar cualquier trabajo siempre y cuando no sea contrario a las leyes.
Médico Residente: El profesional de la medicina con Título legalmente expedido y registrado ante las autoridades competentes, que ingrese a una Unidad Médica Receptora de Residentes, para cumplir con una residencia.
Necesidades de la Empresa: Hechos objetivos que hacen inevitable la separación de uno o más trabajadores de la empresa.
04 de abril de 2023
Jurado de Responsabilidades: La autoridad enunciada tiene el carácter de un órgano jurídico autónomo de carácter social, cuya función es la de imponer sanciones administrativas a los representantes del capital y del trabajo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje; por lo tanto, no pueden atribuírsele funciones eminentemente jurisdiccionales y sus actuaciones deben ser reclamadas en amparo directo por no provenir de un Tribunal Judicial, Administrativo y del Trabajo.
Laudo: Es la resolución de equidad pronunciada por los representantes de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, al decidir sobre el fondo de un conflicto de trabajo, y que se ajusta, en cuanto a su forma, a lo dispuesto por los artículos 840 a 844 de la Ley Federal del Trabajo.
Libertada de Trabajo: La garantía individual de libertad de trabajo que consagra el artículo 5o., primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no es absoluta, irrestricta e ilimitada, sino que, con base en los principios fundamentales que deben atenderse, su ejercicio se condiciona a la satisfacción de los siguientes presupuestos: a) que no se trate de una actividad ilícita; b) que no se afecten derechos de terceros; y, c) que no se afecten derechos de la sociedad en general.
03 de abril de 2023
Jornada Reducida: Es un tipo especial de jornada aplicable a los menores de 16 años, que tiene como duración máxima la de seis horas.
Junta de Conciliación y Arbitraje: Son órganos que realizan funciones jurisdiccionales cuya composición es tripartita, ya que se integran con un representante del gobierno y con representantes de los trabajadores y de los patrones designados por ramas de la industria o de otras actividades, de conformidad con la clasificación y convocatoria que expida la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje: Es un órgano del Estado mexicano, de integración tripartita y democrática; su objeto es conseguir y mantener el equilibrio entre los factores de la producción, mediante las funciones de conciliación e impartición de justicia en las relaciones laborales de jurisdicción federal.
02 de abril de 2023
Jornada Extraordinaria: Es aquella jornada de trabajo que se prolonga respecto de la jornada normal de trabajo por circunstancias extraordinarias y que no podrá exceder nunca tres horas diarias ni tres veces en una semana.
Jornada Mixta: Es la que comprende periodos de las jornadas diurnas y nocturnas y el tiempo de su duración es de siete horas y media.
Jornada Nocturna: Es la que comprende de las ocho de la noche a las seis de la mañana, la cual deberá tener una duración máxima de siete horas.
01 de abril de 2023
Jornada de Trabajo: Es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
Jornada Diurna: Es la comprendida entre las seis de la mañana y las ocho de la noche, la cual deberá tener una duración máxima de ocho horas.
Jornada Especial: Es la convenida por el trabajador y el patrón, respetando las condiciones generales del trabajo y su duración será de ocho horas diarias contemplando un día de descanso.
31 de marzo de 2023
Instrumento Colectivo: Convención celebrada entre empleadores y trabajadores con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo, remuneraciones u otros beneficios en especie o en dinero por un tiempo determinado.
Intermediario: El intermediario del patrón, conforme al artículo 12 de la ley multicitada, es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón, un ejemplo son las outsourcing, empresas que se dedican a realizar todo el proceso de selección de personal, conforme a las vacantes que tenga alguna empresa o establecimiento y una vez seleccionado, lo ponen a disposición de éstos para su contratación.
Invalidez: Para los efectos de esta Ley existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.
30 de marzo de 2023
Incapacidad Temporal: Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
Indemnización por años de servicio: Es la suma en dinero que debe pagar el empleador a un trabajador por la cantidad de años que este ha trabajado para él en caso de término de la relación laboral por despido o autodespido.
Industria Familiar: Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos.
29 de marzo de 2023
Igualdad: Este principio también se encuentra en el artículo 123 Constitucional, en su fracción VII, el cual consigna que para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. Aquí vemos que a ningún trabajador se le debe discriminar por su sexo, raza, género, edad, clase social, etc., toda vez de que todos los individuos son iguales ante las Leyes de la República mexicana ni tan es así el de pagarle un salario menos al de igual jerarquía.
Incapacidad Permanente Parcial: Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
Incapacidad Permanente Total: Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
28 de marzo de 2023
Funciones de Confianza: La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.
Hostigamiento: El ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.
Huelga: derecho que tienen los trabajadores involucrados en un proceso de negociación colectiva para suspender las actividades a las que están obligados en conformidad a sus contratos individuales de trabajo.
27 de marzo de 2023
Finalidad Compensadora: Compensación al trabajador por haber desigualdad de fuerza contractual o poder de negociación entre las partes (la posición del empresario es más fuerte que la del trabajador). La compensación variará dependiendo del contexto histórico, la zona geográfica o país o los sectores del mercado de trabajo, entre otras cuestiones.
Finiquito: documento escrito por medio del cual el empleador y el trabajador, con ocasión del término del contrato de trabajo, dejan constancia tanto de las obligaciones recíprocas que se encuentran cumplidas como aquellas que se encuentran pendientes. En este último caso se conserva el derecho a reclamarlas con posterioridad.
Fuero Laboral: forma de protección que la ley establece para trabajadores que se encuentren en un especial estado de vulnerabilidad. Consiste en que ellos no podrán ser despedidos sin previa autorización judicial por alguna de las causales que dispone la ley.
26 de marzo de 2023
Establecimiento: Es la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.
Feriado Anual: Derecho a vacaciones que tiene todo trabajador que ha cumplido más de un año de servicio, con derecho al pago de la remuneración.
Feriado Proporcional: Derecho del trabajador a percibir una suma de dinero equivalente a la remuneración íntegra cuando el contrato de trabajo termine antes de completar el año de servicio respectivo que da derecho a vacaciones anuales. Se calcula en forma proporcional entre el día en que fue contratado o la fecha en que completó el último año de trabajo y el día en que terminó de prestar servicios. Este derecho no procede para los trabajadores que son contratados por 30 días y prorrogados por un mismo período.
25 de marzo de 2023
Empresa: En sentido lato, entiendo a la empresa como una organización productiva que actúa dentro de un marco jurídico, para la producción, distribución o suministro de bienes o servicios destinados a satisfacer necesidades sociales. De diversas formas se pueden clasificar a las empresas; en razón de la calidad de los propietarios, pueden agruparse en privadas, mixtas y públicas.
Enfermedad de trabajo: Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
Enfermedad Profesional: Todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
24 de marzo de 2023
Empleador: Persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo.
Patrono Agricultor: Es la persona natural o jurídica que se dedica por cuenta propia al cultivo de las tierras de su propiedad, o ajenas, en calidad de arrendatario, usufructuario, etc., sea que dirija la explotación personalmente o por medio de representantes o administradores.
Empleados de Comercio: Personas que trabajan al servicio de comerciantes o establecimientos mercantiles, como auxiliares de éstos, en el desempeño de algunas gestiones del tráfico comercial.
23 de marzo de 2023
Despido: acto por el cual un empleador pone término de forma unilateral a un contrato laboral por alguna causa establecida en la ley laboral.
Despido Indirecto o Autodespido: derecho que se le concede al trabajador para que este pueda, solo en los casos señalados en la ley, solicitar al tribunal que declare terminado el contrato laboral. Existirá derecho a indemnización cuando el empleador incurra en alguna conducta grave en contra del trabajador.
Emplazamiento: En derecho, por emplazamiento se puede entender el acto procesal por el que se hace saber a la parte demandada que se ha promovido una demanda en su contra, y que cuenta con un plazo específico para contestarla, so pena de incurrir en rebeldía.
22 de marzo de 2023
Derechos Humanos: son las facultades que los hombres tienen, por razón de su propia naturaleza de las cosas y del ambiente en que viven, para conservar, aprovechar y utilizar libre, pero lícitamente, sus propias aptitudes, su actividad, y los elementos de que honestamente pueden disponer, a fin de lograr su bienestar y su progreso personal, familiar y social.
Descanso Dentro de la Jornada: tiempo de descanso diario destinado a la alimentación (almuerzo) al que tiene derecho todo trabajador durante la jornada de trabajo. No se considera parte de la duración de la jornada.
Descanso Semanal: descanso de un día a la semana que se le proporciona al trabajador y tiene origen eminentemente religioso. En la actualidad este descanso muestra otras justificaciones relacionadas con factores económicos, sociales, fisiológicos, etcétera.
21 de marzo de 2023
Derecho Individual del Trabajo: Es el conjunto de normas que regulan la relación individual de trabajo entre un sujeto, llamado trabajador, y otro denominado patrón. En sentido histórico se habla, respectivamente, del dueño de la fuerza de trabajo y del dueño de los medios de producción. El Derecho Individual del Trabajo tiene como objeto regular las condiciones individuales del contrato de trabajo, que según el artículo 20 de la ley reglamentaria "es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario".
Derecho Laboral: Desde el punto de vista legal, es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones laborales con el fin de conseguir equilibrio entre el patrón y trabajador.
Derecho Procesal del Trabajo: Como la rama de la ciencia jurídica que dicta las normas instrumentales para la actuación del derecho, y que disciplina la actividad del juzgador y de las partes, en todo lo concerniente a la materia laboral.
20 de marzo de 2023
Derecho Colectivo del Trabajo: Regula las relaciones obrero patronales representadas en su interés mayoritario, o bien, conjunto, por un sindicato o una asociación profesional, y su objetivo es lograr el equilibrio entre las fuerzas productivas.
Derecho de los Patronos: Así se conoce al derecho principal del patrón en relación al trabajador, el cual es el recibir los beneficios de la prestación de servicios.
Derecho del Trabajo: Es una disciplina jurídica cuya finalidad es tutelar y garantizar los derechos de la clase trabajadora; esta tesis fue aceptada por los primeros que se dedicaron al estudio de esta disciplina, y tiene a su favor el hecho de referirse a su objeto o propósito inicial, que fue proteger al obrero. Por su lado, la tesis objetiva sostiene que el Derecho del Trabajo es una reglamentación jurídica existente entre el trabajador y el empresario. Esta postura considera las ideas que revalorizan el interés nacional de la producción por encima de los intereses estrictamente particulares, es decir, los intereses del trabajador y del patrón.
19 de marzo de 2023
Cuenta individual: Aquella que se abrirá para cada asegurado en las Administradoras de Fondos para el Retiro, para que se depositen en la misma las cuotas obrero-patronales y estatal por concepto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los rendimientos. La cuenta individual se integrará por las subcuentas: de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; de vivienda y de aportaciones voluntarias.
Dependencia: Vínculo que existe entre el trabajador y el empleador, por el cual el trabajador recibe una remuneración de parte del empleador por la prestación de servicios pactados en el contrato de trabajo.
Derecho Burocrático: Es una disciplina autónoma del Derecho Social, que regula los derechos y las obligaciones laborales que surgen entre el Estado y sus servidores, y que establece las bases de justicia para equilibrar el disfrute de las garantías sociales por parte de los servidores públicos, con el ejercicio y el cumplimiento de las funciones que corresponde atender al Estado.
18 de marzo de 2023
Contrato Colectivo de Trabajo: Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
Contrato Individual de Trabajo: Cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Contrato Ley: También se le conoce como convención colectiva obligatoria o contrato colectivo obligatorio, y constituye la figura que establece los fines del Derecho Laboral; es el acuerdo celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios sindicatos de patrones con el objeto de instituir las condiciones laborales en una rama determinada de la industria, adquiriendo carácter obligatorio, en una o varias entidades federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas entidades, o bien, en todo el territorio nacional.
17 de marzo de 2023
Coalición: Es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes.
Condiciones Generales de Trabajo: Se entenderá todo lo relativo a jornadas de labor, descanso semanal, vacaciones anuales, salarios, régimen disciplinario, seguridad e higiene, condiciones generales de empleo, así como todo lo concerniente, a deberes, derechos o prestaciones de cada parte. Se entenderá, en general, que el contrato colectivo puede recaer sobre cualquier materia con tal que su objeto sea lícito.
Contraprestación: Son aquellas cosas o servicios que una persona da a otra a cambio de otras cosas o servicios, de modo que se involucran dos prestaciones. A diferencia de una prestación, la contraprestación tiene una naturaleza de bilateralidad, puesto que involucra a dos personas quienes dan y reciben al mismo tiempo. El ejemplo es la relación laboral en la que un patrón recibe la prestación del servicio subordinado de su trabajador y a su vez le paga una contraprestación que será el salario por dicho trabajo.
16 de marzo de 2023
Base de Datos Nacional SAR: Es aquélla conformada por la información procedente de los sistemas de ahorro para el retiro, conteniendo la información individual de cada trabajador y el registro de la administradora o institución de crédito en que cada uno de éstos se encuentra afiliado. Tiene por finalidad la identificación de las cuentas individuales en las administradoras e instituciones de crédito, la certificación de los registros de trabajadores en las mismas, el control de los procesos de traspasos, así como instruir al operador de la cuenta concentradora, sobre la distribución de los fondos de las cuotas recibidas a las administradoras correspondientes.
Cesantía: Consiste en una sanción expulsiva, ya sea por la comisión de una falta grave o bien por acumulación de faltas más bien leves, como por ejemplo determinada cantidad de inasistencias injustificadas o de suspensiones. La cesantía también puede producirse en caso de mediar condena por delito doloso que no se refiera a la Administración Pública, que por las circunstancias del caso afecte el decoro o el prestigio de la función o del agente; también procede por reiteradas calificaciones deficientes del empleado, o por haber sido inhabilitado penalmente para ejercer cargos públicos.
Cesantía de Edad Avanzada: Para los efectos de esta Ley existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad. Para gozar de las prestaciones de este ramo se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.
15 de marzo de 2023
Asignación Familiar: Beneficios en dinero, cosas o servicios que se otorgan por el Estado a la familia en consideración de sus cargas.
Autoridades Laborales: Son los sujetos de derecho público bajo cuya esfera de competencia es decir, el campo de actividad en que la ley les permite actuar– se encuentra el despacho de los asuntos relativos al trabajo.
Ayuda Alimentaria: La ayuda alimentaria tendrá como objetivo que los trabajadores se beneficien del consumo de una dieta correcta. os patrones podrán establecer esquemas de ayuda alimentaria para los trabajadores mediante cualquiera de las modalidades siguientes: Comidas proporcionadas a los trabajadores en: Comedores; Restaurantes, u Otros establecimientos de consumo de alimentos. Despensas, ya sea mediante canastillas de alimentos o por medio de vales de despensa en formato impreso o electrónico.
14 de marzo de 2023
Administradoras de Fondo Para el Retiro: Son entidades financieras que se dedican de manera habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran, así como a administrar sociedades de inversión. En cumplimiento de sus funciones, atenderán exclusivamente al interés de los trabajadores y asegurarán que todas las operaciones que efectúen para la inversión de los recursos de dichos trabajadores se realicen con ese objetivo.
Aguinaldo: Es una gratificación económica para la clase trabajadora, en apoyo a los gastos que normalmente se hace en el mes de diciembre con motivo de las fiestas de navidad, este derecho, conforme a lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, debe pagarse de la siguiente manera: Es un derecho que tienen todos los trabajadores. El pago mínimo del aguinaldo es de 15 días, sin perjuicio de su incremento de acuerdo con las condiciones generales de trabajo pactadas entre el patrón y trabajador.
Alegato: exposición oral que realizan los abogados de las partes ante el tribunal con el objetivo de representar los intereses de estas.
13 de marzo de 2023
Accidente del Trabajo: Toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produce lesiones de incapacidad o muerte.
Acoso Laboral: Toda agresión u hostigamiento reiterados ejercidos por el empleador o por uno o más trabajadores en contra de otro u otros trabajadores por cualquier medio, y que tenga como resultado para él o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Acoso Sexual: Una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
12 de marzo de 2023
Transferencia: Incluye los egresos en favor de personas o empresas que corresponden a transacciones que no suponen una contraprestación en bienes o servicios, por ejemplo: pensiones, gratificaciones, subsidios, aportaciones al Seguro Social, construcciones de viviendas y otros edificios, etc.
Tratamiento: La obtención, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales, por cualquier medio. El uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de datos personales.
Usuario: Persona que requiere alguna información bibliográfica o documental.
11 de marzo de 2023
Sitio Web: Punto de acceso electrónico formado por una o varias páginas electrónicas agrupadas en un dominio de Internet.
Soporte no Tangible: Soporte virtual de una obra o contenido difundidos a través de redes electrónicas.
Testar: La omisión o supresión de la información clasificada como reservada o confidencial, empleando sistemas o medios que impidan la recuperación o visualización de ésta.
10 de marzo de 2023
Registros Públicos: Los organismos de naturaleza pública que tienen como función, la inscripción de determinados actos y hechos jurídicos, que conforme a la ley establezca este requisito para surtir efectos ante terceros, otorgando certeza, legalidad, autenticidad y seguridad jurídica sobre los mismos, a través de la publicación registral.
Servicios bibliotecarios: Conjunto de actividades desarrolladas en una biblioteca, con el fin de facilitar y promover la disponibilidad y el acceso a la información y a la cultura con estándares de calidad, pertinencia y oportunidad.
Sistema Nacional de Bibliotecas: Conjunto de bibliotecas de los sectores público, social y privado que, de manera voluntaria, se adscriben a un proyecto común con la finalidad de intercambiar información y facilitar la prestación de servicios bibliotecarios para el público en general y especializado, para contribuir a la labor educativa, cultural y de investigación.
09 de marzo de 2023
Publicación Electrónica: Toda información unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, editada en forma digital o existente en versión electrónica, fijada o no en algún soporte, cuyo contenido es susceptible de contar con una edición impresa. Por sus características presenta modalidades de consulta y acceso sujetas a la licencia de uso, temporalidad y dispositivos de lectura disponibles de cada biblioteca.
Publicación Periódica: Toda publicación que se edita en forma continua con una periodicidad establecida, de carácter cultural, científico, literario, artístico, técnico, educativo, informativo o recreativo, que puede estar en cualquier soporte, lenguaje o código, incluido el digital.
Red Nacional de Bibliotecas Públicas: Conjunto de bibliotecas de los tres órdenes de gobierno articuladas bajo políticas comunes de selección, conservación, inventario, registro, catalogación y clasificación de acervos de libros, con base en acuerdos o convenios de colaboración para la prestación de los servicios bibliotecarios.
08 de marzo de 2023
Preservación: Jurídicamente, la preservación es definida en la LGEEPA, en la fracc XXIV del art 3o, como "el conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitat naturales."
Prueba de Baño: La argumentación fundada y motivada que deben realizar los sujetos obligados tendiente a acreditar que la divulgación de información lesiona el interés jurídicamente protegido por la normativa aplicable y que el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el interés de conocerla.
Prueba de Interés Público: La argumentación y fundamentación realizada por los organismos garantes, mediante un ejercicio de ponderación, tendiente a acreditar que el beneficio que reporta dar a conocer la información confidencial pedida o solicitada es mayor la invasión que su divulgación genera en los derechos de las personas.
07 de marzo de 2023
Infraestructura bibliotecaria: Espacios físicos e inmuebles diseñados, construidos o adaptados para la realización de las funciones, procesos y prestación de servicios bibliotecarios.
Inventario: Registro en donde son inscritos el mobiliario, equipos y fondos bibliográficos.
Libro: Es toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos. Comprenderá también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente.
06 de marzo de 2023
Descarte: Proceso de depuración de libros y documentos de los acervos de las bibliotecas públicas con base en criterios objetivos y normas técnicas de conformidad con parámetros bibliotecológicos, los que, por diferentes motivos, pierden su valor científico y práctico.
Disociación: El procedimiento mediante el cual los datos personales no pueden asociarse al titular ni permitir, por su estructura, contenido o grado de desagregación, la identificación del mismo.
Fuente de Acceso Público: Aquellas bases de datos cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, sin más requisito que, en su caso, el pago de una contraprestación, de conformidad con lo señalado por el Reglamento de esta Ley.
05 de marzo de 2023
Conservación: La acción tendente a mantener el equilibrio ecológico y preservar el buen estado de la infraestructura, equipamiento, vivienda y servicios urbanos de los centros de población, incluyendo sus valores históricos y culturales.
Datos Personales: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable.
Datos personales sensibles: Aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.
04 de marzo de 2023
Catalogación: Registro técnico de los materiales que integran los acervos bibliotecarios con base en normas técnicas.
Catálogo Nacional: Instrumento que compila los datos bibliográficos de los libros y documentos conservados en las bibliotecas del país que participan de la Red Nacional de Bibliotecas y del Sistema Nacional de Bibliotecas.
Comité de Transparencia: La instancia a la que hace referencia el artículo 43 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la referida en la Ley Federal y en las legislaciones locales, que tiene entre sus funciones las de confirmar, modificar o revocar las determinaciones en materia de clasificación de la información que realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados.
03 de marzo de 2023
Biblioteca Pública: Biblioteca que presta servicios de consulta al público en general, de forma gratuita y sin discriminación y que, con base en los recursos a su disposición, desarrolla otras actividades que incluyen, préstamo a domicilio o interbibliotecario, fomento de la lectura, formación cultural, educativa y de uso de tecnologías de la información y comunicación, además de orientación e información bibliográfica y documental, que permitan a la población adquirir, transmitir, acrecentar y disfrutar de la información y el conocimiento.
Bibliotecario: Personas certificadas que administran las bibliotecas con base en su formación, competencias y experiencia.
Bloqueo: La identificación y conservación de datos personales una vez cumplida la finalidad para la cual fueron recabados, con el único propósito de determinar posibles responsabilidades en relación con su tratamiento, hasta el plazo de prescripción legal o contractual de éstas. Durante dicho periodo, los datos personales no podrán ser objeto de tratamiento y transcurrido éste, se procederá a su cancelación en la base de datos que corresponde.
02 de marzo de 2023
Biblioteca de México: Al conjunto de acervos y recursos que integran los repositorios de la Biblioteca de La Ciudadela José Vasconcelos, localizada en el inmueble de La Ciudadela, y la Biblioteca Vasconcelos, localizada a un costado de la antigua estación de ferrocarriles de la Ciudad de México. Ambas dependientes de la Secretaría de Cultura y adscritas a la Dirección General de Bibliotecas.
Biblioteca del Congreso de la Unión: Institución que reúne los fondos documentales y bibliográficos del Congreso de la Unión y es facultada, a partir del decreto del 24 de diciembre de 1936, para recibir dos ejemplares de cada libro o periódico que se publiquen en el país a través del Depósito Legal.
Biblioteca Nacional de México: Institución que resguarda el acervo patrimonial y que tiene como finalidad integrar, organizar, preservar y facilitar la consulta. Está constituida por los materiales publicados en el país recibidos desde 1850 a través del Depósito Legal, la compra y la donación. Es custodiada por la Universidad Nacional Autónoma de México desde el año de 1929.
01 de marzo de 2023
Aviso de Privacidad: Documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable que es puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con el artículo 15 de la presente Ley.
Bases de Datos: El conjunto ordenado de datos personales referentes a una persona identificada o identificable.
Biblioteca: Espacio dispuesto para la consulta de acervos de publicaciones impresas, digitales o virtuales, o una combinación de ellas, de carácter general o especializado, catalogados y clasificados en los términos de normas técnicas y administrativas aplicables.
28 de febrero de 2023
Veto: es una institución jurídica (art. 72 CPEUM) que posibilita al presidente de la República devolver al Congreso, con observaciones, los proyectos de leyes que se le presenten. El mismo exige reunir la aprobación de las dos terceras partes del total de los legisladores de cada una de las Cámaras para superarlo, lo que resulta difícil de lograr, pues representa una mayoría superior a la que se necesita para introducir reformas constitucionales.
Violaciones Directas a la Constitución: Son aquellos conceptos en que se confronta el acto o misión directamente con el texto constitucional, sin incluir argumentos sobre violaciones a leyes o normas secundarias.
Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. En los casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 325 del Código Penal Federal.
27 de febrero de 2023
Unipartidismo: se ha presentado en diversas formas, pero está asociado a los regímenes totalitarios, comunistas y fascistas, acérrimos enemigos entre sí, pero acordes en la supresión de la democracia y en la aceptación de un sistema político dirigido por una élite que mantiene el control de la actividad política a través del partido.
Utilidad Pública: Se considera de utilidad pública la publicación o traducción de obras literarias o artísticas necesarias para el adelanto de la ciencia, la cultura y la educación nacionales. Cuando no sea posible obtener el consentimiento del titular de los derechos patrimoniales correspondientes, y mediante el pago de una remuneración compensatoria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, de oficio o a petición de parte, podrá autorizar la publicación o traducción mencionada. Lo anterior será sin perjuicio de los tratados internacionales sobre derechos de autor y derechos conexos suscritos y aprobados por México.
Vacatio Legis: Consiste en que se señala un plazo o fecha para que entre en vigor la nueva ley, que entre tanto queda inoperante.
26 de febrero de 2023
Tribunales Colegiados de Circuito: Se integran por tres Magistrados y, entre otros asuntos, resuelven: (1) los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, en las materias civil, penal, laboral o administrativa, ya sea que la violación se cometa en ellas o durante el procedimiento; (2) los recursos que procedan contra autos o resoluciones que pronuncien los Jueces de Distrito, los Tribunales Unitarios o el superior del tribunal responsable, cuando, entre otros casos, desechen una demanda de amparo o concedan o nieguen la suspensión definitiva; (3) los recursos de revisión contra sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los Jueces de Distrito, Tribunales Unitarios o el superior del tribunal responsable; (4) los recursos de revisión contra resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso administrativo federales y del Distrito Federal.
Unión Personal de Estados: La forma compleja conocida como unión personal de Estados, por cierto, caída en desuso, permitió a varios de ellos compartir un jefe de Estado común y mantener sus gobiernos independientes; así ocurrió, a consecuencia del Tratado de Viena, entre el Reino de los Países Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo, desde 1815 hasta 1890, año en que se disoció esa unión. Caso semejante fue el de la efímera unión de Colombia, Perú y Venezuela, resultante de compartir como presidente, en 1816, al libertador Simón Bolívar.
Unión Real de Estados: La figura de la unión real de Estados, también pertenece exclusivamente a la historia, por haber dejado de aplicarse a raíz de la desaparición del Imperio Austro-Húngaro en 1918, permitía a varios Estados compartir no sólo su monarca -en su calidad de jefe de Estado-, sino también, en parte, su gobierno, especialmente en lo concerniente a ciertos aspectos, como los relativos a relaciones exteriores, defensa y finanzas. Bajo un esquema de unión real de este tipo, y merced al Tratado de Paz de Tost, celebrado en 1815, se produjo la unión de Estados entre Suecia y Noruega, que perduró hasta 1905, año en que Noruega recuperó su independencia total, con una dinastía propia. Otro casi de unión real fue el convenido en 1867 entre Austria y Hungría, refrendado cada diez años, hasta la disolución del Impero Austro-Húngaro, ocurrido en 1918.
25 de febrero de 2023
Término: Terminus es la raíz latina de la palabra término, cuya primera acepción es "último momento de la duración o existencia de una cosa." Que se hace referencia al tiempo en la definición gramatical apuntada es evidente. En materia procesal, el término alude asimismo a una cuestión temporal. El término es el tiempo con que cuentan las partes, un tercero o el propio órgano jurisdiccional, para llevar a cabo un acto o cumplir una obligación dentro de las etapas que integran el proceso, para efectos de que tales actos u obligaciones tengan validez y eficacia.
Tesis: Entendiéndose por "tesis" el criterio adoptado por el juzgador a través de argumentaciones lógico-jurídicas para justificar su decisión en una controversia.
Tesis Aislada: Se consideran tesis aisladas los criterios emitidos por la Suprema Corte actuando en Pleno o en Salas, así como por los Tribunales Colegiados de Circuito que no han formado jurisprudencia aún, por no completarse las cinco sentencias en el mismo sentido de manera ininterrumpida; sino que solo existe uno, dos, tres o cuatro precedentes en el mismo sentido.
24 de febrero de 2023
Suspensión en el Juicio de Amparo: Es la paralización, la detención del acto reclamado, de manera que, si éste no se ha producido, no nazca, y, si ya se inició, no prosiga, no continúe, que se detenga temporalmente, que se paralicen sus consecuencias o resultados, que se evite que éstos se realicen.
Tercero Interesado: Es quien siendo el titular de un interés jurídico comparece al juicio en defensa de un interés contrario al de la parte quejosa, es decir, quien está interesada en preservar el acto, omisión o norma reclamada. Puede ser persona física o moral, nacional o extranjera, pública o privada.
Tercero Perjudicado: Es quien, en términos generales, resulta beneficiado con el acto que el quejoso impugna en el juicio de amparo y tiene, por lo mismo, interés en que tal acto subsista y no se destruido por la sentencia que en el mencionado juicio se pronuncie. Por ello debe ser llamado a dicho juicio y tener en éste la oportunidad de probar y alegar en su favor. Podría decirse que hace causa común con la autoridad responsable, que también se empeña en que el acto que de ella se combate quede en pie.
23 de febrero de 2023
Supremacía Constitucional: En un sistema jurídico, la supremacía constitucional significa que la Constitución es la norma que denominamos fundamental, que está en la cúspide o por encima de las demás normas jurídicas. Es pues la Constitución el documento legal supremo, el que se ubica en la cúspide. Y esta característica de supremacía va a tener consecuencias importantes para nuestro sistema jurídico. Para el Estado de Derecho, aludir a la supremacía, es aludir a que esta norma es la norma primaria, que va ser el primer elemento de referencia en todo ordenamiento jurídico del Estado de que se trate, va a ser el primer punto de referencia de todo ordenamiento existente. Va a ser la fuente de creación de todo el sistema jurídico.
Suspensión: En los últimos años ha aparecido en el Derecho Fiscal Mexicano una situación particular, en que son puestas determinadas leyes por el Congreso de la Unión o por los Congresos Locales, de acuerdo con la cual, manteniéndose en su vigencia una ley, ésta no se aplica pero tampoco se deroga. A ese fenómeno lo llamamos "suspensión".
Suspensión de Garantías: implica una razón de Estado. Es un régimen de excepción que establece nuestra Constitución, en virtud de la cual, bajo ciertas condiciones se suspende el régimen de garantías individuales de que gozamos, con objeto de atender una circunstancia excepcional que exige una serie de actuaciones estatales y sociales.
22 de febrero de 2023
Suplencia de la Queja Deficiente: implica no ceñirse a las alegaciones expuestas por el agraviado al plantear su demanda o interponer los medios de defensa respectivos; el órgano jurisdiccional de amparo debe hacer valer oficiosamente cualquier aspecto de inconstitucionalidad de la ley, acto, omisión o resolución que se reclama, a efecto de otorgar al quejoso la protección de la justicia federal.
Supletoriedad: Es un mecanismo de integración de la ley positiva; por medio de éste se colma una laguna legal o se garantiza la unidad, coherencia o plenitud de cierto sistema operativo, mediante la remisión de una ley a otra ley, a los usos, costumbres o principios para incorporar al sistema de la primera las reglas de los otros.
Suprema Corte de Justicia de la Nación: es la autoridad constitucional jurisdiccional máxima en el ordenamiento jurídico mexicano, cuyas resoluciones son definitivas e inatacables. Está conformada por once Ministros que duran 15 años en su cargo y funciona en dos periodos ordinarios por año.
21 de febrero de 2023
Sufragio Libre y Secreto: Se refiere no al derecho de voto, sino a su emisión misma, a la forma como se realiza la elección. El acto de votar debe ser su ejercicio sin coacción ni presiones; complementariamente el voto se garantiza con el anonimato del sentido en que lo emite el votante.
Sufragio Universal: Es cuando la ciudadanía y el voto activo se extienden a todos los miembros de la sociedad considerados "nacionales" en edad de discernir y que desarrollen y mantengan una conducta lícita. La nota de "indignidad" se atribuye a quien comete delitos o actos de deslealtad al Estado y se reconoce universalmente como motivo de privación del ejercicio de la ciudadanía.
Suplencia de la Queja: Entraña la posibilidad del juez o tribunal de traer al proceso los razonamientos o las argumentaciones no aducidas por una parte torpe o débil. Es decir, se viene a contrariar aquí el principio de sentenciar, según lo alegado y lo probado. En verdad, hay cierta suplencia de la alegación, es decir, el tribunal puede introducir al proceso argumentaciones o consideraciones no aducidas por la parte.
20 de febrero de 2023
Sufragio Censatario: se establecen determinadas condiciones económicas para poder sufragar; esto es, poseer un mínimo de ingresos o determinadas propiedades territoriales; a algunos nos parece tan absurda esta fórmula que la catalogamos como una plutocracia; al punto tal, que sería difícil justificar en la actualidad un método de esa naturaleza.
Sufragio Directo: es cuando los electores eligen sus representantes sin recurrir a intermediarios.
Sufragio Indirecto: Es indirecto cuando los electores designan a otros electores que son quienes, a su vez, designan a los representantes. Según el número de operaciones electorales el sufragio indirecto sería de primer, segundo, tercer o sucesivos grados.
19 de febrero de 2023
Subordinación: Se traduce en el más grave nivel de violación al principio de división de poderes, ya que no sólo implica que un poder no pueda tomar autónomamente sus decisiones, sino que además debe someterse a la voluntad del poder subordinante; la diferencia con la dependencia es que mientras en ésta el poder dependiente puede optar por evitar la imposición por parte de otro poder, en la subordinación el poder subordinante no permite al subordinado un curso de acción distinto al que le prescribe.
Sufragio: es una capacidad especial que el orden jurídico reconoce a determinadas personas para participar en la integración de los órganos de poder público.
Sufragio Capacitario: Es aquel que alude a la exigencia de una determinada capacidad intelectual para participar en la elección de sus representantes públicos; dicha capacidad -dice Andrade- se establece por el grado de inclusión.
18 de febrero de 2023
Soberanía Popular: Significa que el poder supremo está en manos del pueblo, es decir, en la totalidad de los ciudadanos. En las democracias el pueblo expresa su voluntad mediante elecciones, en las que elige a sus representantes para que éstos tomen decisiones en su nombre y para realizar sus intereses.
Sobreseimiento: Es un acto procesal que pone fin al juicio; pero le pone fin sin resolver la controversia de fondo, sin determinar si el acto reclamado es o no contrario a la Constitución y, por lo mismo, sin fincar derechos u obligaciones en relación con el quejoso y las autoridades responsables. Es, como acertadamente anota don Ignacio Burgoa, de naturaleza adjetiva, ajeno a las cuestiones sustantivas, ya que ninguna relación tiene con el fondo.
Sociedad: Es un conjunto integrado de individuos que establecen relaciones a base de conductas recíprocas orientadas por objetivos propios y por el comportamiento esperado de otro u otros (interacciones).
17 de febrero de 2023
Sistema Político: Es un conjunto organizado de elementos que desarrollan actividades encaminadas a resolver las necesidades sociales especificadas. La conformación de dichos elementos forma su estructura. Se compone, como cualquier otro sistema social, de individuos y grupos en sus relaciones, desde sus posiciones respectivas, actuando con la orientación de ingredientes culturales e ideológicos articulados.
Sistema Proporcional: La representación proporcional tiende a asegurar a cada partido político un número de representantes acorde a la cantidad de votos obtenidos. Se sostiene en el principio democrático del consenso, que reconoce presencia y derechos a las minorías. Mientras mayor es el número de representantes a elegir, más exacta puede resultar una distribución proporcional.
Sistema Sucesivo de Vigencia: Según este sistema, la ley entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación en el lugar en que éste se publica (ciudad de México) y en los demás lugares el día que resulte según la distancia en kilómetros que le separa de aquélla, a razón de 30 kilómetros por día.
16 de febrero de 2023
Sistema de Control: Debemos entender el conjunto de reglas, principios y procedimientos situados en sede de los diversos poderes públicos diseñados con la finalidad de contener el abuso del poder o su desviación por los órganos estatales a fin de preservar la supremacía del documento político fundamental de una nación. Para el logro de tales fines, en los diversos países se ha optado por diferentes sistemas o modelos de control.
Sistema Jurídico: El sistema jurídico de un país está constituido por el conjunto de normas que en un momento dado regulan la interferencia intersubjetiva de los componentes de una sociedad humana y sus relaciones con otros sujetos soberanos y organismos internacionales.
Sistema Mayoritario: Consiste en proclamar electo al candidato que ha obtenido el mayor número de votos en su circunscripción. Los distritos son uninominales cuando se practica este sistema.
15 de febrero de 2023
Servidor Público Municipal: Es aquella persona que desempeña un empleo, cargo o comisión en la administración pública municipal.
Sistema: Aplicado particularmente al político, es una elaboración de la escuela estructural funcionalista norteamericana, utilizado ampliamente por la sociología y la ciencia política contemporáneas. Describe un conjunto organizado de elementos que cumplen determinadas funciones o actividades especificas para resolver una necesidad social. En este sentido coincide con el concepto de "institución" que, con mayor énfasis en el componente normativo, ha venido desarrollando la ciencia del derecho, tanto en Italia, como en Francia.
Sistema de Asamblea: La característica fundamental de un régimen convencional o de asamblea consiste en que tanto el poder Legislativo como el Ejecutivo se encuentran depositados en un solo cuerpo denominado convención o asamblea. Como circunstancia de orden práctico se procura delegar las funciones ejecutivas en un comité que depende de la asamblea y que obra supeditado a la misma.
14 de febrero de 2023
Sentencias que Sobreseen: Ponen fin al juicio sin resolver nada acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado. Son resoluciones que se deben a la circunstancia de que el juicio no tiene razón de ser, bien porque no hay interesado en la valoración de dicho acto, como ocurre cuando el quejoso desiste de la acción intentada o fallece (en esta última hipótesis siempre y cuando el mencionado acto no tenga repercusión en su patrimonio); bien porque dicha acción sea legalmente inejercitable, o bien porque, aun siendo ejercitable, haya caducado. La sentencia de sobreseimiento es, pues, simplemente declarativa puesto que se concreta a puntualizar la sinrazón del juicio. Obviamente no tiene ejecución alguna y las cosas quedan como si no hubiese promovido tal juicio.
Servicios Públicos Municipales: Son aquellas organizaciones que atienden problemas que afectan principalmente al manejo de una ciudad, o de una circunscripción territorial, como saneamiento, agua potable, alumbrado, policía, transportes, jardines, cementerios, diversiones públicas.
Servidores Públicos: Son las personas que prestan sus servicios al Estado, brindan un servicio de utilidad social y por lo general manejan recursos públicos.
13 de febrero de 2023
Sentencias Definitivas: son las que resuelven, definen el asunto principal controvertido, y los accesorios a él, (por ejemplo, lo concerniente a la reparación de daños cuando reviste el carácter de responsabilidad civil; decomiso de los objetos o instrumentos del delito, etc.) condenando o absolviendo al acusado y finalizando así la instancia.
Sentencia Definitiva de Amparo: es el acto jurisdiccional del Juez de Distrito, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de los Tribunales de Circuito por el que, una vez terminada la tramitación de la controversia planteada sobre la violación de garantías individuales o sobre la invasión competencial entre Federación y Estados, se resuelve si se concede, niega o sobresee el amparo solicitado por el quejoso contra el acto reclamado de la autoridad responsable.
Sentencias que Amparan: las sentencias que conceden la protección de la justicia federal son típicas sentencias de condena porque fuerzan a las autoridades responsables a actuar de determinado modo. Son el resultado del análisis del acto reclamado que el juzgador realiza a la luz de los conceptos de violación expresados en la demanda, o de las consideraciones que oficiosamente se formula supliendo sus deficiencias cuando esto es legalmente factible.
12 de febrero de 2023
Seguridad Jurídica: Es un valor estrechamente ligado a los Estados de Derecho que se concreta en exigencias objetivas de: corrección estructural (formulación adecuada de las normas del ordenamiento jurídico) y corrección funcional (cumplimiento del Derecho por sus destinatarios y especialmente por sus órganos de aplicación). Junto a esa dimensión objetiva, la seguridad jurídica se presenta, en su acepción subjetiva, encarnada por la certeza del Derecho, como la proyección en las situaciones personales de las garantías estructurales y funcionales de la seguridad objetiva.
Pública: Este concepto alude a la protección que se proporciona a través del mantenimiento de la paz pública mediante acciones de prevención y represión de ciertos delitos y faltas administrativas, mediante el sistema de control penal y el de policía administrativa. Incluye también acciones de prevención de riesgos naturales y de los generados por el hombre para lograr el orden y la tranquilidad pública.
Sentencia: Es la culminación del proceso, la resolución con que concluye el juicio, en la que el juzgador define los derechos y las obligaciones de las partes contendientes. En el juicio constitucional hay tres tipos de sentencia que ponen fin a dicho juicio: las que sobreseen, las que niegan al quejoso la protección de la Justicia Federal por él solicitada y las que se la conceden.
11 de febrero de 2023
Responsabilidad en el Juicio de Amparo: Deber legal de afrontar las consecuencias o sanciones que surgen o derivan del incumplimiento de obligaciones o prevenciones contempladas en la Ley de Amparo por el órgano jurisdiccional o por alguna de las partes que intervienen en el procedimiento constitucional.
Revocación de Mandato: Para efectos de la revocación de mandato a que hace referencia esta Constitución tanto a nivel federal como local, deberá entenderse como el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo a partir de la pérdida de la confianza.
Rubro: Es el enunciado gramatical que identifica el criterio interpretativo plasmado en la tesis. Tiene por objeto reflejar con toda concisión, congruencia y claridad, la esencia del criterio, facilitar su localización y proporcionar una idea cierta del juicio
10 de febrero de 2023
Reserva de Ley: Consiste en una técnica constitucional por la que se otorga al órgano legislativo la facultad exclusiva de decir la materia "reservada". Es el caso del artículo 14 constitucional que establece no podrá imponerse pena que no esté establecida por ley exactamente aplicable al delito de que se trata, o en materia fiscal, el artículo 31, fracción IV, que menciona que la obligación de los mexicanos para contribuir será de la manera en que lo dispongan las leyes.
Resolución Favorable: en la lógica del artículo 170, fracción II, de la Ley de Amparo, supone el dictado de una sentencia que resuelva de manera absoluta la pretensión de la parte actora y que le otorgue el máximo beneficio sin posibilidad de una afectación posterior, con independencia del tipo de nulidad declarada; es, en otras palabras, aquella sentencia que implica que el acto impugnado sea irrepetible al proscribir toda circunstancia que provoque que la autoridad pueda emitir un nuevo acto en el mismo sentido que el declarado nulo, en tanto que el vicio que dio lugar a tal declaratoria no puede ser subsanado.
Resoluciones Que Ponen Fin al Juicio: Tanto la doctrina como el legislador coinciden en que por resolución que pone fin al juicio debe entenderse, aquellas que sin decidir el juicio en lo principal, lo dan por terminado y respecto de las cuales las leyes comunes no conceden ningún recurso ordinario en su contra por lo que pueden ser modificadas o revocadas, por tanto indispensable es la reunión de todas estas características para que puedan ser consideradas como tales. De esta forma participan así dichas resoluciones de algunas de las características que contienen también las sentencias definitivas.
09 de febrero de 2023
Repetición del Acto Reclamado: Es el concepto que utiliza la ley para referirse al supuesto en que la autoridad reitera la conducta que ha sido declarada inconstitucional, lo cual implica que existe identidad entre las partes de la relación que da origen al acto (la misma parte quejosa y la misma autoridad) e identidad en los elementos y sentido de afectación de acto.
Reportaje Neutral: es aquel en el que un medio de comunicación se limita a transcribir o difundir lo dicho o declarado por un tercero, es decir, cuando únicamente cumple una función transmisora de lo dicho por otro y, por consiguiente, el responsable de cuanto se diga en las declaraciones reproducidas es su autor material.
Representación: Es la acción de representar, o sea el acto por virtud del cual una persona dotada de poder, llamada representante, obra a nombre y por cuenta de otra llamada representada o “dominus” del negocio. También por representación en sentido propio se entiende la “contemplatio domini”, esto es, la declaración unilateral que el representante hace frente a terceros a realizar un determinado acto jurídico, de que actúa a nombre y por cuenta de su representado.
08 de febrero de 2023
Reglamento: Conjunto de normas administrativas subordinadas a la ley, obligatorias, generales e impersonales, expedidas unilateral y espontáneamente por el Presidente de la República, o por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal en virtud de facultades discrecionales que le han sido conferidas por la Constitución o que resulten implícitamente del ejercicio del Poder Ejecutivo.
Reglas que Confieren Poderes: ("Normas de competencia" en su terminología tradicional) establecen la permisión de realizar ciertos actos en circunstancias específicas; esto es, son prescripciones en las cuales se postula que determinadas personas pueden (son competentes para) conocer de casos definidos y emitir cierta clase de resoluciones, observando formalidades concretas.
Rendición de Cuentas: puede incluir evaluación, tanto del desempeño como del acatamiento a las reglas. Asimismo, habría que tomar en cuenta las tres temporalidades posibles (pasado, presente, futuro) de la rendición de cuentas. El concepto también necesariamente implica la existencia de alguna sanción o recompensa como resultado del proceso de evaluación externa.
07 de febrero de 2023
Régimen de Separación de Poderes: Implica que todas las funciones de un mismo carácter material formen parte de la competencia del órgano que recibe la denominación de la función misma, y que, cuando haya una excepción a ese régimen, debe justificarse expresamente por un texto de la Constitución. Por lo mismo, para admitir que el Poder Ejecutivo tenga la facultad reglamentaria es necesario que así se consigne en la Constitución.
Régimen Parlamentario: En el parlamentarismo que por cierto es compatible tanto con la Monarquía como con la República- se hace una clara distinción entre el Estado y su gobierno, que conduce a tener un jefe de gobierno; el primero, en el parlamentarismo monárquico, es el rey, en tanto que en el parlamentarismo republicano, es el presidente. En cuanto al jefe de gobierno, en el esquema parlamentario recibe diversas denominaciones: primer ministro, en Inglaterra, Italia y Suecia; canciller, en Alemania, presidente del gobierno, en España.
Régimen Presidencial: El presidencialismo es exclusivo del esquema republicano y, entre otros aspectos, se caracteriza por no disociar la jefatura de Estado de la jefatura de gobierno, puesto que el presidente de la República es, a la vez, jefe de Estado y jefe de gobierno; además, es el jefe de la administración pública y jefe supremo de las fuerzas armadas. El Poder Ejecutivo en el sistema presidencial es unipersonal, así lo confirma el artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al disponer: se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo en un solo individuo que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos".
06 de febrero de 2023
Referéndum: Es la consulta directa a la nación. La institución tiene antecedente remoto en la democracia directa primitiva. Durante mucho tiempo fue descartada, pero a medida que la democracia arraigó se fue difundiendo. En la actualidad cobra fuerza por la mayor pluralidad de las sociedades, apertura de los estados y participación creciente del electorado en las decisiones, a lo que hay que agregar las posibilidades informativas y de comunicación que dan los medios actuales, sobre todo la televisión y la cibernética.
Reformar: Significa volver a formar, rehacer. En sentido jurídico la reforma es sustituir un texto por otro que tenga un significado más claro o que establezca uno distinto.
Reforma Constitucional: La Constitución, es un instrumento vivo, mutable, como la sociedad misma y sus valores, y por ello, se previó para su adaptación un procedimiento de reforma, para irla ajustando a estas exigencias. La reforma constitucional debe utilizarse sólo en aquéllos casos en que se produzca un desface profundo entre los valores subyacentes de la sociedad y los recogidos en el texto constitucional, o bien cuando aparezcan nuevas circunstancias que hagan necesaria la regulación de determinadas materias no contempladas expresamente por el constituyente y que no pueden derivarse de sus principios.
05 de febrero de 2023
Recurso de Reclamación: Es procedente contra los acuerdos de trámite dictados por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia o por los presidentes de sus Salas o de los Tribunales Colegiados de Circuito. Dicho recurso se podrá interponer por cualquiera de las partes, por escrito, en el que se expresen los agravios relativos, dentro del término de tres días siguientes al en que surta sus efectos la notificación de la resolución impugnada.
Recurso Judicial Efectivo: De la interpretación del precepto citado, un recurso judicial efectivo es aquel capaz de producir el resultado para el que ha sido concebido, es decir, debe ser un medio de defensa que puede conducir a un análisis por parte de un tribunal competente para determinar si ha habido o no una violación a los derechos humanos y, en su caso, proporcionar una reparación. En este sentido, el juicio de amparo constituye un recurso judicial efectivo para impugnar la inconstitucionalidad, o incluso la inconvencionalidad, de una disposición de observancia general, pues permite al órgano jurisdiccional de amparo emprender un análisis para establecer si ha habido o no una violación a los derechos humanos de los solicitantes y, en su caso, proporcionar una reparación, lo que se advierte de los artículos 1o., fracción I, 5o., fracción I, párrafo primero, 77 y 107, fracción I, de la Ley de Amparo.
Recursos: Son el medio de defensa previsto por la ley para impugnar los actos autoritarios surgidos en un procedimiento, judicial o administrativo, con los que no se esté conforme, y que tiende a lograr la revocación o la modificación de dichos actos.
04 de febrero de 2023
Racismo: Consiste en cualquier teoría, doctrina, ideología o conjunto de ideas que enuncian un vínculo causal entre las características fenotípicas o genotípicas de individuos o grupos y sus rasgos intelectuales, culturales y de personalidad, incluido el falso concepto de la superioridad racial. El racismo da lugar a desigualdades raciales, así como a la noción de que las relaciones discriminatorias entre grupos están moral y científicamente justificadas.
Rectoría: Es una función atribuible al Estado relativa al ejercicio de su gobierno y a un sentido específico de su acción: la de dirigir el desarrollo nacional. La traducción jurídica de la rectoría nos lleva a afirmar que es un término que se refiere por una parte, a las funciones jurídicas, a las atribuciones que la Constitución establece al Estado para actuar en los ámbitos del desarrollo nacional y, por otra, que establece una directiva para dirigir sus acciones y las de los demás en determinado sentido.
Recurso: Es aquel medio de impugnación que la ley otorga a las partes o a terceros que se consideran afectados con un acuerdo o resolución pronunciada en juicio por un órgano jurisdiccional, para que este u otro distinto resuelva sobre agravios planteados por el recurrente o los que, en su caso, se hagan valer de oficio, incluyéndose con una nueva resolución revocatoria, modificatoria o confirmatoria del mandamiento combatido.
03 de febrero de 2023
Propaganda de Precampaña: Constituye el proceso de selección interna que llevan a cabo los partidos políticos o coaliciones de sus candidatos a cargos de elección popular, conforme a sus estatutos o acuerdos, y acorde con los lineamientos que la propia ley establece y hasta que se obtiene la nominación y registro del candidato.
Pueblo: Es el sujeto colectivo formado por sujetos que tienen intereses comunes y son titulares de las mismas modalidades constituyentes o bien, en virtud de reglas téticas, de las mismas expectativas constituidas.
Quejoso o agraviado: Es la persona física o moral; que ejercita la acción de amparo para reclamar un acto o ley de la autoridad estatal, por presunta violación de garantías individuales o de distribución competencial entre Federación y Estados de la República.
02 de febrero de 2023
Procedimiento Seguido en Forma de Juicio: Es una serie de actos consecutivos y vinculados por una relación causal, ante la autoridad, en que el gobernado es emplazado, puede ofrecer pruebas y alegar. Comprende tanto aquéllos en los cuales la autoridad dirime una controversia entre partes contendientes, como los procedimientos mediante los cuales la autoridad prepara su decisión con intervención del particular.
Prohibiciones: Este tipo de normas delimitan la actuación de los órganos del Estado en sentido negativo (las normas de competencia lo hacen en sentido positivo). Así por ejemplo, el artículo 117 establece prohibiciones absolutas a los Estados, y el 118 establece prohibiciones relativas.
Prohibiciones Implícitas de la División de Poderes: Son mandatos prohibitivos, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dirigidos a los poderes públicos, para que respeten el principio de división de poderes, a saber: a) a la no intromisión, b) a la no dependencia y c) a la no subordinación de cualquiera de los poderes con respecto a los otros.
01 de febrero de 2023
Principio Pro Persona: Interpretación "pro-homine": De acuerdo a este principio, habrá de estarse siempre a la interpretación que resulte más favorable al individuo en caso de disposiciones que le reconozcan o acuerden derechos. Con el mismo espíritu, habrá de darse prevalencia a la norma que signifique la menor restricción a los derechos humanos en caso de convenciones que impongan restricciones o limitaciones.
Principios Generales del Derecho: Son una especie del género conceptos jurídicos fundamentales, en virtud de que su validez universal se preserva a través del tiempo y del espacio. Son útiles para crear las normas jurídicas, para interpretarlas y para realizar labores de integración jurídica.
Principio Rectores del Juicio de Amparo: Son un grupo de postulados establecidos en el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en su ley reglamentaria, que constituyen el fundamento o base del juicio de amparo y que regulan aspectos tales como el ejercicio de su acción, la forma en que debe tramitarse y las características que deben revestir sus sentencias.
31 de enero de 2023
Principio de Prosecución Judicial: El juicio de amparo debe revestir en su trámite o desarrollo el carácter de un proceso judicial verdadero y real, con todas las etapas o formas jurídicas del procedimiento jurisdiccional, como la demanda y su contestación; el ofrecimiento, admisión y desahogo de pruebas; el periodo de alegatos y el dictado de la sentencia.
Principio de Relatividad: El Principio de Relatividad de las sentencias de amparo se desarrolla dentro del principio general de derecho denominado "res inter alios acta" que limita los efectos jurídicos de los actos jurídicos a los sujetos que participaron en el correspondiente negocio jurídico. La sentencia es un acto jurídico, por tanto, se mantiene la tradición jurídica en el sentido de que, el fallo no trascienda a sujetos que no participaron en el litigio y no afecte situaciones que no se llevaron a la controversia.
Principio de Subsidiariedad: lo que se conoce en el derecho internacional de los derechos humanos como el principio de subsidiariedad, consistente en que no obstante la existencia de normas y procedimientos internacionales para la protección y defensa de los derechos humanos, es a los Estados a quienes corresponde, en primera instancia, respetar y hacer respetar tales derechos en el ámbito de su jurisdicción, y sólo cuando a nivel interno no se ha brindado una protección adecuada y efectiva, la jurisdicción internacional debe ejercer su competencia.
30 de enero de 2023
Principio de inviolabilidad constitucional: significa la imposibilidad de trastocar el régimen jurídico establecido y garantizar las libertades y la seguridad jurídica del régimen. Son los principios y las medidas que adopta un régimen, por medio de un texto del orden jurídico supremo, para impedir que se elimine el propio régimen legal; que se violenten los principios que el mismo establece. Sin embargo, inviolabilidad constitucional no significa inmovilismo constitucional, una Constitución puede modificarse, enmendarse, reformarse o modificarse, mediante las reglas que prevé esta misma, o habrá quien sostenga, el "derecho" inalienable a la Revolución, el cual no es de carácter jurídico ya que sería una contradicción del propio régimen jurídico.
Principio de legalidad: Toda norma individualizada debe ser creada conforme a lo que establece la norma general. Este principio se denomina "de legalidad". reglamentos deben siempre ajustarse a la Ley. El acto judicial y el acto administrativo como actos de aplicación y los actos particulares deben ajustarse en forma y contenido a la ley y a los reglamentos si éstos existen. Asimismo, las sanciones y las aplicaciones de los actos coactivos se ajustan a lo establecido en las normas correspondientes.
El principio de progresividad de los derechos humanos: está previsto en el artículo 1o. constitucional y en diversos tratados internacionales ratificados por México. Dicho principio, en términos generales, ordena ampliar el alcance y la protección de los derechos humanos en la mayor medida posible hasta lograr su plena efectividad, de acuerdo con las circunstancias fácticas y jurídicas del caso concreto. Es posible diseccionar este principio en varias exigencias de carácter tanto positivo como negativo, dirigidas a los creadores de las normas jurídicas y a sus aplicadores, con independencia del carácter formal de las autoridades respectivas, ya sean legislativas, administrativas o judiciales.
29 de enero de 2023
Principio de Existencia de Agravio Personal y directo: Este principio encuentra fundamento en los artículos 103 y 107, fracción I, de la Constitución Federal, así como en el 4o. y en el 73, fracciones V y VI, éstas a contrario sensu, de la Ley de Amparo. Conforme a aquél, para que el juicio de garantías sea procedente es necesario que el acto de autoridad que se reclame efectivamente ocasione un agravio al quejoso, entendiéndose por agravio, para efectos del juicio de amparo, según lo ha dispuesto el Máximo Tribunal, "la ofensa o perjuicio que se hace a alguno, en sus derechos o intereses, tomándose la palabra ‘perjuicio’, no en los términos de la ley civil, como la privación de cualquier ganancia lícita que pudiera haberse obtenido, sino como sinónimo de ofensa que se hace a los derechos o intereses de una persona".
Principio de Instancia de Parte: Consiste en que nuestro juicio constitucional solo se inicia cuando el gobernado lo solicita, es decir, en el momento en que la persona física o moral que se considera afectada por un acto de autoridad pide o insta a los tribunales de amparo para que intervengan en su protección.
El Principio de Instancia de Parte Agraviada: En el amparo significa que, el órgano, Poder Judicial de la Federación, encargado del control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de autoridad estatal, no puede actuar de oficio, sin petición procedente, sin ejercicio de la acción de amparo correspondiente, por el titular de la misma.
28 de enero de 2023
Principio de Constitucionalidad: Se trata de un principio que obedece a los lineamientos esenciales de nuestro orden jurídico, que basa su existencia en una norma suprema y, por ende, jerárquicamente superior a todas las demás: la Constitución.
Principio de Definitividad: La expresión "definitividad" está consagrada por la doctrina y jurisprudencia para referirse al principio que rige el amparo y en cuya virtud, antes de promoverse el juicio de amparo, debe agotarse el juicio, recurso o medio de defensa legal, mediante el cual pueda impugnarse el acto de autoridad estatal que se reclama en el amparo.
Principio de Estricto Derecho: Los amparistas mexicanos suelen denominar al principio procesal de congruencia, principio de "estricto derecho". Tal principio exige que el juzgador de amparo limite la función jurisdiccional a resolver sobre los actos reclamados y conceptos de violación hechos valer en la demanda, sin hacer consideraciones de inconstitucionalidad o ilegalidad que no haya planteado el quejoso. El principio de estricto derecho es general pero, no es absoluto, ya que admite excepciones. Tales excepciones están constituidas por los supuestos en que la Constitución y la Ley de Amparo permiten que opere la suplencia de la queja deficiente.
27 de enero de 2023
Preámbulo Constitucional: Se conoce como a los textos que anteceden los articulados de las Constituciones. No todos las Constituciones tienen un preámbulo. En algunas ocasiones estos preámbulos indican cuáles son los criterios de interpretación constitucional a utilizar; en otras ocasiones solo indica elementos formales relacionados con el proceso de expedición de la normativa constitucional.
Precampaña Electoral: Tiene la función específica de promover públicamente a las personas que se están postulando, aún no de manera oficial, al interior de un partido político para llegar a obtener una posible candidatura, esto es, la precampaña constituye el proceso de selección interna que llevan a cabo los partidos políticos o coaliciones de sus candidatos a cargos de elección popular, conforme a sus estatutos o acuerdos, y acorde con los lineamientos que la propia ley establece y hasta que se obtiene la nominación y registro del candidato.
Principio de la Autoridad Formal de la Ley: Del carácter formal del acto legislativo se deriva el principio de la "autoridad formal de la ley" que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo Poder y siguiendo los mismos procedimientos seguidos para la formación de la resolución primitiva. Este principio se encuentra consignado en forma expresa en la fracción f) del artículo 72 de la Constitución, así redactada: "En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación".
26 de enero de 2023
Poder Reformador: Es una institución jurídico política, que se traduce en un mecanismo en virtud del cual se reforma y se adiciona la Constitución. Si es un atributo de la soberanía, entonces el Poder Reformador es un poder inherente al pueblo, aun cuando es un atributo diferente al Poder Constituyente. También es un poder que está por encima de los poderes del Estado, es un poder supraestatal, precisamente para poder modificar la Constitución
Poderes Constituidos: son derivados de la Constitución, son creados por el constituyente y están completamente limitados, ya que a diferencia del poder Constituyente fueron creados precisamente para gobernar.
Político Jurídica: El conjunto de criterios, elementos, condicionantes, valores, que guardan entre sí una relación de coherencia (en función de ciertos objetivos sociales) que orientan la utilización del derecho como una técnica social a la mano del poder, conforman la política jurídica
25 de enero de 2023
Plazo: Es aquel período dentro del cual es preciso efectuar un acto de carácter procesal.
Pleno: máximo órgano representativo de la Corte Suprema o de las Cortes de Apelaciones integrado por todos sus ministros y que se reúne en sesiones semanales para conocer y abordar temas administrativos y los demás que le encomienda la ley.
Poder: En sentido sociológico, el poder es la capacidad de un individuo o grupo de llevar a la práctica su voluntad, incluso a pesar de la resistencia de otros individuos o grupos. Puede ejercerse el poder por medios físicos, psicológicos o intelectuales. Un hombre puede lograr el poder por el hecho de ser físicamente más fuerte que algunos de sus congéneres; puede igual-mente llegar a ser poderoso por ser capaz de ejercer una influencia psicológica o incluso hipnótica irresistible sobre otros hombres o sobre las multitudes. En circunstancias favorables sus grandes dotes intelectuales pueden también procurar a un hombre una posición de poder dentro de una comunidad o de una nación.
24 de enero de 2023
Perjuicio Jurídico: La noción de perjuicio para los efectos del amparo supone la existencia de un derecho legítimamente tutelado que, cuando se ve transgredido por la actuación de una autoridad, faculta a su titular para acudir ante el órgano jurisdiccional correspondiente demandando que esa transgresión cese. Tal derecho, que puede hacerse respetar por el ordenamiento legal objetivo, es lo que constituye el interés jurídico que la Ley de Amparo toma en cuenta para la procedencia del juicio de garantías. Sin embargo, no todos los intereses que pueden concurrir en una persona merecen el calificativo de jurídicos, pues para que tal cosa suceda es menester que la ley los reconozca como tales a través de una o varias de sus normas.
Persona Colectiva: Es la "unidad" que el orden jurídico crea, integrada por un grupo o conjunto de individuos que establecen entre sí relaciones para determinados fines. La persona colectiva, a través de sus órganos, pueden realizar actos que le son atribuibles. El conjunto de los miembros de la "unidad", algunos de ellos o uno en lo individual, o incluso no miembros, de acuerdo con la forma y los procedimientos que el orden estatuye, son los "órganos" de la "unidad".
Persona Extraña a Juicio: Para los efectos del juicio de amparo, en los términos del artículo 114, fracción V, de la ley de la materia, persona extraña es, en principio, aquella que no ha figurado en el juicio o en el procedimiento como parte en sentido material, pero que sufre un perjuicio dentro del mismo o en la ejecución de las resoluciones, sin haber tenido la oportunidad de ser oída en su defensa por desconocer las actuaciones relativas, quedando incluida en este concepto, asimismo, la parte que no fue emplazada o que fue emplazada incorrectamente.
23 de enero de 2023
Partes: Personas naturales o jurídicas que intervienen en un juicio.
Partidos políticos: Entendido como el conjunto organizado de individuos que pretenden asumir el poder público para imponer en la dirección del Estado una actuación acorde con sus principios y programa de acción, el partido político, tan combatido en sus orígenes, logra en el presente siglo rango constitucional y reconocimiento a su personalidad jurídica en un gran número de países.
Período de Sesiones Extraordinarias: Se entiende la previsión que tiene la misma para reunirse fuera de los plazos establecidos con carácter normal. Es el artículo 118 constitucional, el que regula su convocatoria, correspondiendo al Poder Ejecutivo, de manera que en ellas, no se conocerá de materia distintas a las expresadas en el decreto de convocatoria, con excepción de lo que se trate de nombramientos de funcionarios que corresponda hacer a la Asamblea Legislativa, o de reformas legales que fueren indispensables al resolver los asuntos sometidos a su conocimiento. Se trata de una potestad de ejercicio discrecional
22 de enero de 2023
Órganos Colegiados: Son colegiados aquellos órganos en que la función se asigna a varios individuos, reconocidos como unidad, cuyos acuerdos son necesarios para la realización del acto respectivo. La conformación de órganos colegiados está basada en la conveniencia de ponderar varios criterios, de compartir responsabilidad en vista de la importancia del acto a realizar y de lograr la mayor representatividad posible.
Órganos complejos: Son complejos aquellos construidos parcialmente con la totalidad o bien segmentos de otros órganos. Cada órgano conserva su identidad, y si no se establece expresamente otra cosa sigue sus procedimientos internos. Los órganos de reformas constitucionales en los Estados federales, que exigen la participación de los órganos legislativos nacionales y locales, son típicos órganos complejos.
Órganos simples: Son simples aquellos órganos en que la función se asigna a un solo individuo al que se reconoce como órgano. Por lo general se toma esta forma toda vez que la función requiere unidad de decisión y acción. El órgano Ejecutivo es generalmente simple.
21 de enero de 2023
Órganos constitucionales autónomos: de acuerdo a la doctrina, vienen a ser aquellos establecidos en la Constitución, que no se incluyen en ninguno de los poderes u órganos tradicionales del Estado; por lo general, son órganos técnicos de control que no se guían por intereses de partidos o de coyuntura, y requieren, para su adecuado funcionamiento, no sólo de autonomía de los poderes tradicionales, sino de los partidos y de todo tipo de grupos o factores de poder.
Órgano de facto: es aquel cuya presencia y cuyo actuar no tiene razón legal, pues en ningún ordenamiento jurídico se ha previsto su creación y, menos aún, su organización y funcionamiento.
Órgano jurisdiccional: Es la autoridad encargada de resolver la litis y vigilar la regularidad del procedimiento, el ejercicio correcto de las facultades procesales y la buena fe de los intervinientes. Uno de los principales cambios radica en que se judicializan muchas de las funciones a cargo de la autoridad que supervisa las diferentes etapas, teniendo como eje rector el art. 21 constitucional, relativo a que la imposición de las penas, su modificación y duración, son propias y exclusivas de la autoridad judicial.
20 de enero de 2023
Órdenes de Protección: Son actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la Víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares. Deberán otorgarse por la autoridad competente, inmediatamente que conozcan de hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia contra las mujeres.
Órdenes de Protección de Emergencia: Desocupación inmediata por el agresor del domicilio conyugal o donde habite la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo. Prohibición inmediata al probable responsable de acercarse al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, del domicilio de las y los ascendientes y descendientes o cualquier otro que frecuente la víctima. Reingreso de la víctima al domicilio, una vez que se salvaguarde de su seguridad.
Órdenes de Protección Preventivas: Retención y guarda de armas de fuego propiedad del Agresor o de alguna institución privada de seguridad, independientemente si las mismas se encuentran registradas conforme a la normatividad de la materia. Es aplicable lo anterior a las armas punzocortantes y punzocontundentes que independientemente de su uso, hayan sido empleadas para amenazar o lesionar a la víctima; Inventario de los bienes muebles e inmuebles de propiedad común, incluyendo los implementos de trabajo de la víctima; Uso y goce de bienes muebles que se encuentren en el inmueble que sirva de domicilio de la víctima; Acceso al domicilio en común, de autoridades policíacas o de personas que auxilien a la Víctima a tomar sus pertenencias personales y las de sus hijas e hijos.
19 de enero de 2023
Orden jurídico: Conjunto normativo que revela autoreferencialmente sus formas de creación, las relaciones de jerarquía, pero también, sus lagunas y contradicciones de sentido. De esta suerte, el orden jurídico aparece con un grado relativo de coordinación, jerarquización y coherencia.
Orden local: Es el ámbito que la nación reconoce y garantiza a las identidades regionales.
Ordenamiento Jurídico: El conjunto coordinado y complejo de normas, conforman un ordenamiento jurídico.
18 de enero de 2023
Omisiones legislativas absolutivas: La omisión absoluta implica un reclamo al órgano legislativo por no dar cumplimiento alguno a un mandato exigible; en tratándose de omisiones legislativas absolutas, lo que se analiza es la carencia total de actividad por parte del legislador al mandato obligatorio; siendo relevante determinar en qué consiste dicha obligación, para analizar su existencia.
Omisiones legislativas relativas: Conlleva un actuar del legislador que se atribuye deficiente o incompleto al cumplir con la obligación. Así, cuando se trata de una omisión relativa, lo que se cuestiona es el actuar incompleto del legislador, por lo que es dable reclamar la omisión parcial en un precepto o cuerpo normativo concreto, al ser donde se atribuye el deficiente cumplimiento a la obligación. En este caso, el acto reclamado podrá ser la propia norma, cuerpo o cuerpos normativos a los que se atribuya la deficiencia, y el análisis debe constreñirse a verificar si su contenido colmó en suficiencia lo exigido.
Orden federal: Es el que la nación en su conjunto decide darse como necesario para el mantenimiento de su integridad e indivisibilidad, así como para el cumplimiento de sus propósitos elementales.
17 de enero de 2023
Nulidad: es una sanción por falta o por defecto de la forma jurídica, pero no debe entenderse esto como el cumplimiento de la forma por la forma misma; la forma tiene una finalidad útil, o al menos debería tenerla, y por ello detrás de cada forma, o formalidad procesal habrá, siempre de buscarse el propósito que el legislador persiguió con el establecimiento de la misma, porque el defecto a la falta de forma se traducirá en la existencia de una situación inconveniente y por ello, el propio legislador priva de efectos jurídicos a determinados actos cuando éstos no han cumplido las formalidades.
Ombudsman: La institución del ombudsman surgió en Suecia en los inicios del siglo XVIII y ha demostrado ser extremadamente adaptable a las circunstancias de cada país y en nuestros días se encuentra difundida a tal punto que puede llamársele, sin temor a equivocarnos, una institución de carácter universal. Las funciones que debe desarrollar un ombudsman en el modelo clásico son básicamente recibir e investigar quejas. Las características esenciales para el desarrollo de sus actividades son: independencia, imparcialidad, credibilidad en el proceso de revisión y confidencialidad en el desarrollo de sus actos.
Omisión legislativa: La Asamblea Legislativa infringe por omisión el parámetro de constitucionalidad cuando, ante un mandato expreso o tácito del constituyente originario o del poder reformador para que se dicte una ley que desarrolle un contenido o cláusula constitucional, no lo hace omisión absoluta bien cuando a pesar de haber dictado una ley esta resulta discriminatoria, por omisión, al no regular la situación de un determinado sector o grupo de la población o de los eventuales destinatarios que debió comprender o abarcar –omisión relativa.
16 de enero de 2023
Normas que establecen derechos fundamentales: Bajo este tipo, se agrupan a aquellas normas que establecen derechos que protegen a los hombres frente al poder y que son fuente inmediata de derechos subjetivos. Dentro de estos derechos caben las llamadas garantías individuales, los derechos sociales (derechos de prestación) y los derechos políticos.
Normas que Establecen la Jerarquía del Orden Público: Además de que la Constitución establece los procedimientos de creación de las normas subordinadas establece sus relaciones de jerarquía. Así, podemos observar diversos preceptos constitucionales que se refieren a la jerarquía normativa tanto de las normas generales como de los actos de individualización.
Normas que Establecen procedimientos de creación normativa: Estas normas son las que le dan a la Constitución el carácter de fuente de fuentes, esto es, establecen los procedimientos de creación o bien las formalidades esenciales que deben observarse en la creación de las diversas normas del ordenamiento jurídico.
15 de enero de 2023
Normas de Mandato: Se formulan a partir de un esquema deóntico en el que se expresa una premisa que enuncia una norma que obliga o prohíbe una determinada acción y que, en caso de actualizarse, genera como conclusión un imperativo categórico.
Normas de Organización: Este tipo de normas establecen la organización fundamental del Estado, crean los órganos u organismos públicos y establecen las relaciones entre éstos. Como ejemplos de este tipo de normas se encuentran las que establecen la forma de gobierno republicano, representativo y popular (artículo 40), la división de poderes (artículo 41, 49), la organización de las entidades federativas (artículos 115, 116,) entre otros.
Normas Directivas: Su característica es señalar modos de ejercicio de las facultades constitucionales. Las mismas pueden dividirse en las siguientes: a) Reserva de ley. b) Mandatos al legislador. c) Prohibiciones. d) Normas que establecen principios, valores y fines del Estado.
14 de enero de 2023
Norma individualizada: Establece derechos y obligaciones a favor o a cargo de personas concretas en casos y situaciones específicos. Un acto administrativo, por ejemplo, determina una obligación fiscal particular, el monto de ésta y el sujeto que debe pagarla. Una sentencia judicial establece la obligación concreta a cargo de alguien; por ejemplo, de pagar a quien se ha reconocido tal derecho una suma precisa de dinero.
Normas: Son juicios de valor en forma de mandatos imperativos. Implican por fuerza que algo se juzga bueno, justo, legitimo o conveniente, y por eso se ordena, o si tiene las características contrarias, se prohíbe.
Normas de Competencia: Estas normas establecen el conjunto de facultades o atribuciones que forman la competencia de un órgano. Como ejemplos tenemos al artículo 73 que enumera las facultades del Congreso, el 89 que corresponde al Ejecutivo, etcétera. En ocasiones estas normas pueden no llegar a establecer al órgano lo cual será tarea del legislador, pero si delimitan el ámbito competencial para el caso de ser creados.
13 de enero de 2023
Nacionalidad: es una capacidad especial, que define derechos y obligaciones específicos para determinadas personas individuales o colectivas a quienes el orden considera integrantes permanentes del Estado y, por tanto, receptores de sus normas de convivencia. La permanencia se mantiene aun cuando el individuo resida fuera del territorio nacional.
Neoconstitucionalismo. pretende explicar a un conjunto de textos constitucionales que comienzan a surgir después de la Segunda Guerra Mundial y sobre todo a partir de la década de los setenta del siglo XX. Se trata de Constituciones que no se limitan a establecer competencias o a separar a los poderes públicos, si no que contienen altos niveles de normas “materiales” o sustantivas que condicionan la actuación del Estado por medio de la ordenación de ciertos fines y objetivos.
Niñas, niños y adolescentes: La Convención sobre los Derechos del Niño define como niño a todo ser humano menor de 18 años de edad (artículo 1), titular de derechos y sujeto de medidas especiales de protección. Por su parte, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y su equivalente en el Estado de México establecen que son niñas y niños los menores de 12 años y, adolescentes, las personas de entre 12 años y menos de 18 años de edad (artículo 5).
12 de enero de 2023
Motivación ordinaria: tiene lugar cuando no se presenta alguna "categoría sospechosa", esto es, cuando el acto o la norma de que se trate no tiene que pasar por una ponderación específica de las circunstancias concretas del caso porque no subyace algún tipo de riesgo de merma de algún derecho fundamental o bien constitucionalmente análogo. Este tipo de actos, por regla general, ameritan un análisis poco estricto por parte de la Suprema Corte, con el fin de no vulnerar la libertad política del legislador.
Multipartidismo: El sistema de varios partidos políticos presenta el problema de integrar una asamblea con una mayoría que permita, si el régimen es parlamentario, la formación misma del gobierno, y si el régimen es presidencial, la actuación del Ejecutivo. En esta circunstancia, la estabilidad sólo puede lograrse a través de coaliciones.
Municipio: es una unidad política dentro del Estado. Su base es una comunidad geográficamente localizada y que reconoce una autoridad propia para la gestión de los intereses puramente locales; en este aspecto, el municipio dispone de una esfera particular de competencia reducida a éstos. Se ha identificado con la "comunidad básica" por sociólogos y antropólogos que descubren en ella la necesidad y la vocación para resolver los servicios públicos y problemas inmediatos. Pero el municipio no está separado del Estado, sino integrado a su estructura.
11 de enero de 2023
Modelo jurídico: Al derecho positivo creado a partir de propuestas de una misma política jurídica, lo identificamos como un modelo jurídico. Éste se nos presenta como una parcela del ordenamiento jurídico identificada por sus conexiones de sentido en su función de orientador de conductas de acuerdo con modelos más o menos tipificados, coordinados o coordinables institucionalmente. El derecho establece modelos de comportamiento, por lo que se presenta como un instrumento de intervención y planificación social, es una técnica de modelística social.
Moralidad administrativa: Es el conjunto de principios, valores y virtudes fundamentales aceptados por la generalidad de los individuos, que deben informar permanentemente las actuaciones del Estado, a través de sus organismos y agentes, con el fin de lograr la convivencia de sus miembros, libre, digna y respetuosa, así como la realización de sus asociados tanto en el plano individual como en su ser o dimensión social.
Motivación: Que exprese una serie de razonamientos lógico-jurídicos sobre el por qué consideró que el caso concreto se ajusta a la hipótesis normativa.
10 de enero de 2023
Libre desarrollo de la personalidad: Es un derecho fundamental que brinda protección a un "área residual de libertad" que no se encuentra cubierta por las otras libertades públicas, opera cuando un determinado "espacio vital" es intervenido a través de una medida estatal y no se encuentra expresamente protegido por un derecho de libertad específico. Consecuentemente, las personas pueden invocar la protección del derecho al libre desarrollo de la personalidad que entra en juego siempre que una acción no se encuentre tutelada por un derecho de libertad específico.
Ministerio Público: Organismo autónomo, cuya función es conducir la investigación de los hechos que la ley señale como delito. En su caso, ejercer la acción penal respectiva, así como otorgar protección a las víctimas y testigos.
Misoginia: Son conductas de odio hacia la mujer y se manifiesta en actos violentos y crueles contra ella por el hecho de ser mujer.
09 de enero de 2023
Libertad de expresión: Comprende tanto la libertad de expresar el pensamiento propio (dimensión individual), como el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. Así, al garantizarse la seguridad de no ser víctima de un menoscabo arbitrario en la capacidad para manifestar el pensamiento propio, la garantía de la libertad de expresión asegura el derecho a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno, lo cual se asocia a la dimensión colectiva del ejercicio de este derecho. Esto es, la libertad de expresión garantiza un intercambio de ideas e informaciones que protege tanto la comunicación a otras personas de los propios puntos de vista como el derecho de conocer las opiniones, relatos y noticias que los demás difunden.
Libertad de reunión: aunque es un derecho que mantiene íntima relación con el de asociación, consiste en que todo individuo pueda congregarse o agruparse con otras personas, en un ámbito privado o público y con la finalidad lícita que se quiera, siempre que el ejercicio de este derecho se lleve a cabo de manera pacífica. La diferencia sustancial entre ambos derechos es que la libertad de asociación implica la formación de una nueva persona jurídica, con efectos jurídicos continuos y permanentes, mientras que una simple congregación de personas, aunque puede compartir los fines u objetivos de una asociación, se caracteriza por una existencia transitoria cuyos efectos se despliegan al momento de la reunión física de los individuos.
Libre administración hacendaria (Municipios): Debe entenderse como el régimen que estableció el Poder Reformador de la Constitución a efecto de fortalecer la autonomía y autosuficiencia económica de los Municipios, con el fin de que éstos puedan tener libre disposición y aplicación de sus recursos y satisfacer sus necesidades, todo esto en los términos que fijen las leyes y para el cumplimiento de sus fines públicos.
08 de enero de 2023
Liberalismo: Se entiende una determinada concepción del Estado, la concepción según la cual el Estado tiene poderes y funciones limitados, y como tal se contrapone al Estado absoluto como al Estado que hoy llamamos social.
Libertad: Entendida como la posibilidad de hacer lo que le plazca a cada quien, bajo la condicionante de que la conducta que se desarrolle, esté permitida por la ley (principio de legalidad, sostén del estado de Derecho y de la paz social.
Libertad de asociación: Es un derecho complejo compuesto por libertades de índole positiva y negativa que implica entre varias cuestiones la posibilidad de que cualquier individuo pueda establecer, por sí mismo y junto con otras personas, una entidad con personalidad jurídica propia, cuyo objeto y finalidad lícita sea de libre elección.
07 de enero de 2023
Leyes orgánicas: Son por su naturaleza leyes reglamentarias, pero que conforman en detalle órganos (Legislativo, tribunales judiciales o entidades administrativas), normas de integración y reglas de competencia de los mismos y los procedimientos respectivos de creación-aplicación que cada uno de ellos realiza.
Leyes privativas: Se caracterizan porque se refieren a personas nominalmente designadas, atendiendo a criterios subjetivos y por el hecho de que después de aplicarse al caso previsto y determinado de antemano pierden su vigencia, encontrándose prohibidas por el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que atentan contra el principio de igualdad jurídica.
Leyes reglamentarias: Son las que se refieren directamente a una disposición constitucional distinta de las que le atribuyen competencia ordinaria; el Legislador recibe facultad de desarrollar con amplitud los preceptos respectivos. O sea, amplía y especifica en detalle materias que la Constitución establece sólo en forma general.
06 de enero de 2023
Leyes federales: Aquellas que regulan las atribuciones conferidas a determinados órganos con el objeto de trascender únicamente al ámbito federal.
Leyes generales: Son normas expedidas por el Congreso de la Unión que distribuyen competencias entre los distintos niveles de gobierno en las materias concurrentes y sientan las bases para su regulación, de ahí que no pretenden agotar la regulación de la materia respectiva, sino que buscan ser la plataforma mínima desde la que las entidades puedan darse sus propias normas tomando en cuenta su realidad social.
Leyes ordinarias: son las que expide el órgano Legislativo en uso de su competencia ordinaria, o sea, de las facultades y en las materias que la Constitución le concede para ejercer su función. Sus contenidos son tan diversos como las autorizaciones que reciba el legislador y con los solos límites que la norma suprema le impone.
05 de enero de 2023
Legitimación: Es una situación en la que la obediencia de las normas y a la autoridad que las dicta se debe a la "interiorización" de las mismas, identificada con las aspiraciones de la sociedad.
Ley: En la actualidad, la voz española ley tiene múltiples acepciones, entre otras, destacan las de: Modo de ser y obrar de los seres. Regla establecida sobre un acontecer u obrar, nacida de la causa primera o de sus propias cualidades. Propiedades y relaciones entre las cosas, según su naturaleza y coexistencia. Precepto dictado por autoridad competente en que, con carácter general, se manda, prohíbe o permite algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados. Norma positiva del derecho.
Ley general: Son normas expedidas por el Congreso de la Unión que distribuyen competencias entre los distintos niveles de gobierno en las materias concurrentes y sientan las bases para su regulación, de ahí que no pretenden agotar la regulación de la materia respectiva, sino que buscan ser la plataforma mínima desde la que las entidades puedan darse sus propias normas tomando en cuenta su realidad social. Por tanto, cumpliendo el mínimo normativo que marca la ley general, las leyes locales pueden tener su propio ámbito de regulación, poniendo mayor énfasis en determinados aspectos que sean preocupantes en una región específica.
04 de enero de 2023
Juzgar con perspectiva de género: Es el deber de impartir justicia sobre la base del reconocimiento de la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres -pero que no necesariamente está presente en cada caso-, como consecuencia de la construcción que socioculturalmente se ha desarrollado en torno a la posición y al rol que debieran asumir, como un corolario inevitable de su sexo. La importancia de este reconocimiento estriba en que de él surgirá la posibilidad de que quienes tengan encomendada la función de impartir justicia, puedan identificar las discriminaciones que de derecho o de hecho pueden sufrir hombres y mujeres, ya sea directa o indirectamente, con motivo de la aplicación del marco normativo e institucional mexicano.
Lagunas: Las lagunas de ley son aquellos vacíos que existen en ésta, y que el juez tiene que llenarlos al momento de aplicarla, a virtud de que no puede alegar oscuridad en la ley o falta de previsión; no puede dejar de resolver por falta de norma aplicable. Cuando se presente este problema, tiene que resolver utilizando los principios generales del Derecho, la equidad y la analogía.
Legislación: Se puede definir como el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre específico de leyes.
03 de enero de 2023
Justicia constitucional local: Tiene una vertiente concentrada allí donde es un juez especializado el que ejerce el control al interior de determinados instrumentos de tutela constitucional, y una renovada vertiente difusa que obliga a todos los jueces locales a realizar un control de constitucionalidad y convencionalidad ex oficio bajo un doble parámetro de constitucionalidad, conformado por la Constitución general de la República y la particular de la correspondiente entidad federativa.
Justicia por su propia mano: Esa prohibición dirigida a los particulares, se traduce especialmente en cuanto a la materia civil, en que nadie se encuentra en aptitud jurídica de conocer y resolver unilateralmente los litigios de que forme parte, de imponer su posición imperativamente a la contraparte o a los terceros con interés jurídico en el negocio, ni de exigir y obtener coactivamente su determinación a los demás, cuando la exigencia se traduzca en una conducta positiva de dar, hacer o no hacer, sino después del acogimiento de su pretensión en un proceso jurisdiccional, llevado a cabo ante los tribunales competentes y con apego a las leyes aplicables, especialmente el cumplimiento de las formalidades esenciales del procedimiento, y dentro de éstas de la garantía de audiencia. Esto es así, porque el primer párrafo del artículo 17 constitucional prohíbe a los gobernados hacerse justicia por sí mismos.
Juzgados de distritos: Son los órganos jurisdiccionales de primera instancia del Poder Judicial de la Federación. Están a cargo de un Juez de Distrito. Les corresponde resolver: (1) juicios relacionados con la aplicación de leyes federales en las materias civil, penal y administrativa, o de tratados internacionales, y (2) juicios de amparo indirecto en las materias civil, penal, administrativa y laboral. Algunos de estos órganos están especializados sólo en una materia penal, administrativa, civil o laboral, mientras que otros conocen de dos o más materias.
02 de enero de 2023
Jurisdicción concurrente: En el derecho mexicano, llamamos jurisdicción concurrente a un fenómeno de atribución competencial simultánea o concurrente, a favor de autoridades judiciales federales y de autoridades judiciales locales. El supuesto está contemplado en el art. 104 de la Constitución Federal, el que ordena que tratándose de la aplicación de las leyes federales en caso que sólo afecten interés particular, pueden conocer, indistintamente, a elección del actor, los tribunales comunes de los estados o del Distrito Federal, o bien los jueces de distrito, que pertenecen al sistema judicial federal.
Jurisprudencia: Es el conjunto de reglas o normas que la autoridad jurisdiccional que cuenta con atribuciones al respecto, deriva de la interpretación de determinadas prevenciones del derecho positivo, que precisan el contenido que debe atribuirse y el alcance que debe darse a éstas, y que, al ser reiteradas cierto número de veces en sentido uniforme, no contrariado, son obligatorias para quien deba decidir casos concretos regidos por aquellas prevenciones.
Jurisprudencia Temática: Es, en realidad, una creación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación derivada lógicamente de los principios que delinean la jurisprudencia por reiteración, pero modificada en su estructura o composición por razones de orden práctico y con alcances diferentes. En la jurisprudencia temática encontramos que el tribunal correspondiente establece el mismo criterio jurídico interpretativo sobre diferentes ordenamientos y diferentes normas, pero con la característica de que dichas normas son análogas o esencialmente iguales en cuanto a su contenido. En síntesis, existe jurisprudencia temática cuando el criterio relativo deriva de normas análogas o esencialmente iguales, aunque contenidas en ordenamientos distintos.
01 de enero de 2023
Juicio de Amparo: Es un procedimiento autónomo con características específicas propias de su objeto, que es el de lograr la actuación de las prevenciones constitucionales a través de una contienda equilibrada entre el gobernado y el gobernante.
Juicio Político: Es un proceso sumario de una sola instancia a cargo de un órgano formalmente legislativo (Congreso de la Unión), pero el proceso es de índole materialmente jurisdiccional (se juzga y se condena con fuerza imperativa) seguido contra un servidor público de alta jerarquía de cualquiera de los tres poderes públicos por la comisión de conductas (acciones y omisiones) graves. En caso de determinarse responsabilidad concluye con una sanción: destitución e inhabilitación.
Jurisdicción auxiliar: Contemplada en el numeral 38 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, implica que en los lugares donde no reside un Juez de Distrito, los gobernados pueden interponer el juicio de amparo ante los Jueces de primera instancia en cuya jurisdicción radica la autoridad que ejecuta o trata de ejecutar el acto reclamado, los cuales están facultados no sólo para recibir las demandas de amparo, sino también para ordenar que se rindan los informes justificados y que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera del procedimiento judicial, deportación, destierro o cualesquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Federal hasta en tanto el Juez de Distrito que en definitiva tenga que conocer del asunto reciba la demanda original con sus anexos.
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