Boletín electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, octubre 2018.
La Suprema Corte determinó que es discriminatorio y, por ende inconstitucional, la exclusión de alumnos con discapacidad del sistema educativo general, porque vulnera el derecho fundamental a la educación inclusiva de todos los niños, niñas y adolescentes con discapacidad para integrarse, sin reglas ni excepciones, al sistema educativo. Al pronunciarse sobre la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley General de Educación y de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista sobre la denominada “educación especial”, la Segunda Sala resolvió que en el Estado mexicano no se puede concebir la existencia de dos sistemas educativos: uno regular, para todos los alumnos, y otro especial, para las personas con discapacidad. La resolución considera que la escuela ordinaria con orientación inclusiva es la medida más eficaz para combatir las actitudes discriminatorias, crear comunidades de acogida, construir una sociedad integradora y lograr la educación para todos. Ver comunicado de prensa: www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=5768
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